DEPARTAMENTO DE ECONOMÍA

DECRETO 951

 

La Plata, 17 de septiembre de 2015.

 

VISTO el expediente Nº 2354-951/14 por el cual se propicia aprobar la desagregación de la estructura orgánico-funcional de la Dirección Provincial de Estadística, dependiente de la Subsecretaría de Coordinación Económica del Ministerio de Economía, y el Decreto Nº 92/11B , y

 

CONSIDERANDO:

 

Que en virtud del artículo 17, inciso 17 de la Ley Nº 13.757 y modificatorias, el Ministerio de Economía es Autoridad de Aplicación en materia de estadísticas en el ámbito del territorio provincial;

 

Que la Dirección Provincial de Estadística, dependiente de la Subsecretaría de Coordinación Económica del Ministerio de Economía, tiene a su cargo, entre otras funciones, la representación de la Provincia ante el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC) y otros organismos competentes en la materia, llevar adelante todas las funciones y obligaciones derivadas de su carácter de integrante del Sistema Estadístico Nacional como asimismo la coordinación de las tareas relativas a los operativos censales y encuestas por muestreo de interés provincial, que se desarrollen en el territorio de la Provincia de Buenos Aires;

 

Que la Ley Nacional Nº 17.622 y su Decreto Reglamentario 3.110/70 son el marco jurídico a través del cual se organiza el Sistema Estadístico Nacional, integrado por todos los organismos oficiales productores de estadística y un organismo coordinador del sistema: Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC);

 

Que el mencionado Sistema Estadístico Nacional no es óbice para que las provincias organicen su Sistema Estadístico Provincial de acuerdo a las necesidades y características propias de cada territorio;

 

Que mediante el Decreto Nº 92/11 B, se aprueba, a partir del 12 de diciembre de 2011, la estructura organizativa del Ministerio de Economía hasta nivel de Dirección, manteniéndose vigentes las unidades orgánico-funcionales de nivel inferior existentes a esa fecha;

 

Que el avance de las nuevas tecnologías junto a los cambios en las demandas de información imponen la adecuación de la estructura orgánico-funcional de la mencionada Dirección Provincial a fin de garantizar un mejor y más eficiente servicio estadístico;

 

Que entre las exigencias actuales resulta preponderante asegurar la producción, carga, transmisión y protección de los datos obtenidos en los distintos operativos desarrollados por la Dirección Provincial de Estadística en cumplimiento de los estándares de seguridad informáticos;

 

Que es función primordial de la Dirección Provincial de Estadística, en cumplimiento con la normativa aplicable, implementar las medidas necesarias para asegurar el secreto estadístico y la confidencialidad de la información;

 

Que, a su vez, resulta propicia la adopción de medidas que permitan una coordinación centralizada en cuanto atañe al desarrollo de programas, adquisición de software y hardware y en general todo aquello que se vincule a la ejecución de las tareas propias de la competencia de la citada dirección provincial;

 

Que a mérito de la implementación de las medidas de reforma administrativa en ejecución en el ámbito de la Dirección Provincial de Estadística, se impone la necesidad de lograr una mayor sistematización en las políticas previstas para el mejor aprovechamiento de la información de uso imprescindible y cotidiano en las distintas áreas de la misma;

 

Que, en razón de lo mencionado precedentemente y con el fin de alcanzar dichos objetivos, se crea en el ámbito de esa Dirección Provincial la Subdirección de Informática, redefiniéndose además los Departamentos;

 

Que consecuentemente y atento la complejidad de las funciones a desarrollar por la referida Dirección Provincial, resulta menester exceptuar la medida que se propicia de los alcances del Decreto Nº 1.322/05, sin perjuicio del mantenimiento de austeridad y eficacia para la diagramación de las estructuras organizativas;

 

Que han tomado intervención la Subsecretaría para la Modernización del Estado dependiente de la Secretaría General de la Gobernación, la Secretaría de Personal y Política de Recursos Humanos, la Dirección Provincial de Presupuesto del Ministerio de Economía y Asesoría General de Gobierno;

 

Que el presente acto administrativo se dicta de conformidad con lo establecido en el artículo 144 –proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

 

Por ello,

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1º. Aprobar la desagregación de la estructura orgánico-funcional de la Dirección Provincial de Estadística, dependiente de la Subsecretaría de Coordinación Económica del Ministerio de Economía, aprobada por Decreto Nº 92/11 B, de acuerdo al organigrama y acciones que como Anexos 1 y 2 forman parte integrante del presente Decreto.

 

ARTÍCULO 2°. Determinar para la estructura organizativa aprobada en el artículo precedente los siguientes cargos: un (1) Subdirector de Informática; un (1) Jefe de Departamento Redes, Soporte Técnico y Comunicaciones; un (1) Jefe de Departamento Desarrollo de Sistemas; un (1) Jefe de Departamento Producción e Ingreso de Datos; un

(1) Jefe de Departamento Cartografía Estadística; un (1) Jefe de Departamento Metodología y Planificación; un (1) Jefe de Departamento Estudios Socio Demográficos; un (1) Jefe de Departamento Encuestas Sociales; un (1) Jefe de Departamento Análisis de las Estadísticas Sociales; un (1) Jefe de Departamento Estadísticas de las Actividades Primarias; un (1) Jefe de Departamento Estadísticas de las Actividades Secundarias; un (1) Jefe de Departamento Estadísticas de las Actividades Terciarias y Precios, un (1) Jefe de Departamento Análisis de las Estadísticas Económicas, un (1) Jefe de Departamento Coordinación Administrativa y un (1) Jefe de Departamento Relaciones Institucionales, conforme a los cargos vigentes que rigen en la Administración Pública Provincial, Ley Nº 10.430- T.O Decreto Nº 1.869/96 y sus modificatorios.

 

ARTÍCULO 3º. El Ministerio de Economía realizará las adecuaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento al presente acto administrativo.

 

ARTÍCULO 4º. Exceptuar el presente de lo dispuesto en el Decreto Nº 1.322/05.

 

ARTÍCULO 5º. El presente Decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Economía y de Jefatura de Gabinete de Ministros.

 

ARTÍCULO 6º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA, pasar a la Dirección Provincial de Gestión Pública. Cumplido, archivar.

 

Silvina Batakis                                             Daniel Osvaldo Scioli

Ministra de Economía                          Gobernador

 

Alberto Pérez

Ministro de Jefatura

de Gabinete de Ministros

 

ANEXO 1

 

ANEXO 2

 

MINISTERIO DE ECONOMÍA

SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN ECONÓMICA

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE ESTADÍSTICA

DIRECCIÓN DE PLANIFICACIÓN, METODOLOGÍA Y COORDINACIÓN DEL SISTEMA

ESTADÍSTICO PROVINCIAL

SUBDIRECCIÓN DE INFORMÁTICA

ACCIONES

 

1.      Instrumentar las definiciones de la política informática, en coordinación con la Dirección Provincial de Sistemas de Información y Tecnologías de la Secretaría General de la Gobernación.

2.      Elaborar metodologías, diseñar herramientas y establecer indicadores de calidad técnicos con el fin de optimizar recursos, evaluando la performance de los sistemas tecnológicos utilizados.

3.      Participar en la definición de las especificaciones técnicas que integran los actos licitatorios que se sustancien con motivo de la contratación de bienes y/o servicios, para asegurar una óptima adquisición de sistemas, equipos, aparatos e instrumental de uso y aplicación en el campo de la informática.

4.      Planificar, administrar y desarrollar políticas de seguridad informática en el ámbito de la Dirección Provincial de Estadística, en coordinación con la Dirección de Informática dependiente del Ministerio de Economía y la Dirección Provincial de Sistemas de Información y Tecnologías de la Secretaría General de la Gobernación.

5.      Determinar las prioridades de atención y desarrollo de sistemas y programas en el ámbito de la Dirección Provincial coordinando y supervisando su ejecución.

6.      Analizar, diseñar y programar los sistemas que puedan concretarse de acuerdo al estudio de factibilidad.

7.      Diseñar y administrar los sistemas operativos, programas, productos y recursos de la Dirección Provincial.

8.      Supervisar el normal abastecimiento de insumos informáticos necesarios para el desarrollo de tareas, manteniendo el stock mínimo.

 

SUBDIRECCIÓN DE INFORMÁTICA

DEPARTAMENTO REDES, SOPORTE TÉCNICO Y COMUNICACIONES

ACCIONES

 

1.      Administrar los sistemas operativos, programas, productos y recursos de hardware y software de teleprocesamiento y archivo de base de datos.

2.      Determinar las distintas alternativas de configuraciones de hardware y software para el procesamiento electrónico de datos, de forma tal que resulten técnica y económicamente factibles.

3.      Analizar el rendimiento de los equipos en uso para ajustar las variables de control del sistema operativo y programas de base, optimizando el aprovechamiento de los mismos.

4.      Coordinar la implementación de normas, procedimientos y técnicas de operación de forma tal que permitan optimizar el funcionamiento de los equipos.

5.      Definir procedimientos de seguridad informática.

6.      Implementar, mantener y actualizar los servidores de la Dirección Provincial, efectuando el control y resguardo de los archivos de información.

7.      Mantener y actualizar la red física a los fines de responder a los requerimientos de la Dirección Provincial.

8.      Implementar, mantener y actualizar un servidor de internet con información de la Dirección Provincial.

9.      Implementar con la Dirección Provincial de Sistemas de Información y Tecnologías y la Dirección Provincial de Comunicaciones de la Secretaría General de la Gobernación la red de comunicaciones de la Dirección Provincial de Estadística a los efectos de intercambio de información.

10.  Asistir técnicamente en la instalación y uso del software en la Dirección Provincial.

 

SUBDIRECCIÓN DE INFORMÁTICA

DEPARTAMENTO DESARROLLO DE SISTEMAS

ACCIONES

 

1.      Intervenir en la actualización y optimización de los sistemas implementados.

2.      Diagramar, codificar y probar los programas.

3.      Diseñar nuevos sistemas realizando tareas de análisis, desarrollo, control e implementación de las modificaciones y/o adecuaciones solicitadas a los fines de cumplir con los requerimientos de la Dirección Provincial de Estadística.

4.      Definir y confeccionar los manuales de sistemas y especificaciones operacionales para mantener en producción todos los sistemas informáticos propios para la gestión de la Dirección Provincial de Estadística.

5.      Relevar y comunicar las necesidades tecnológicas en el ámbito de su competencia con el fin de elaborar el programa anual de adquisiciones y/o contrataciones.

6.      Relevar y comunicar las necesidades de capacitación en el ámbito de su competencia con el fin de mantener el personal actualizado en las tecnologías vigentes.

7.      Procesar la información estadística producida por las distintas dependencias de la repartición.

8.      Prestar el apoyo técnico necesario al personal de la repartición y a los servicios estadísticos que lo requieran a los fines de utilizar el software generado por el Departamento, como así también el generado por terceros.

9.      Adecuar los programas y archivos de datos que resulten del intercambio con otros servicios estadísticos y otras instituciones a los fines de compatibilizar la información producida por dichos organismos.

 

SUBDIRECCIÓN DE INFORMÁTICA

DEPARTAMENTO PRODUCCIÓN E INGRESO DE DATOS

ACCIONES

 

1.      Organizar y ejecutar las tareas de grabación y verificación de la información generada por los distintos operativos desarrollados por la Dirección Provincial, ya sean propios o derivados de convenios con otros organismos.

2.      Supervisar los procesos en ejecución, efectuando las observaciones y ajustes que correspondan de acuerdo a normas de control debidamente establecidas.

3.      Planificar las actividades relacionadas con el ingreso, carga, ejecución, control, y egreso de las tareas procesadas en los equipos instalados a tal efecto.

4.      Coordinar con los Departamentos responsables de cada operativo, las tareas de corrección de la información, a fin de cumplir con los requerimientos de calidad.

5.      Establecer y actualizar los procedimientos para la ejecución de las tareas de grabación, verificación y corrección de la información a ingresar.

6.      Aplicar técnicas de control de calidad, tendientes al mejoramiento de los procedimientos.

 

DIRECCIÓN DE PLANIFICACIÓN, METODOLOGÍA Y COORDINACIÓN DEL SISTEMA

ESTADÍSTICO PROVINCIAL

DEPARTAMENTO CARTOGRAFÍA ESTADÍSTICA

ACCIONES

 

1.      Elaborar y mantener actualizada la cartografía estadística necesaria para todo operativo censal y/o de encuestas por muestreo en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires.

2.      Elaborar la geo-referenciación de las bases de datos estadísticos utilizando las herramientas cartográficas incorporadas a tal fin.

3.      Asistir en los temas de su competencia a las demás dependencias de la Dirección Provincial, en la realización de las tareas y proyectos que así lo requieran.

4.      Proponer y ejecutar proyectos especiales que hagan al mejor funcionamiento y calidad de la cartografía estadística de la Provincia.

5.      Responder las solicitudes de usuarios referidas a la cartografía estadística geo- referenciada.

 

DIRECCIÓN DE PLANIFICACIÓN, METODOLOGÍA Y COORDINACIÓN DEL SISTEMA

ESTADÍSTICO PROVINCIAL

DEPARTAMENTO METODOLOGÍA Y PLANIFICACIÓN

ACCIONES

 

1.      Intervenir en la elaboración del plan estadístico anual y plurianual con el objetivo de asegurar la oportunidad de los datos publicados.

2.      Sistematizar y administrar un marco muestral para el desarrollo de encuestas por muestreo.

3.      Actualizar y mantener el marco muestral.

4.      Definir técnicas de muestreo aplicables a encuestas económicas y sociales.

5.      Aplicar las metodologías que garanticen la calidad de la información relevada.

6.      Elaborar metodologías de trabajo para la realización de análisis, estudios y proyectos provinciales.

7.      Intervenir en el análisis y estimación de las encuestas proponiendo las diferentes técnicas estadísticas disponibles para su realización.

8.      Definir los métodos adecuados de realización en cada una de las etapas lógicas del proceso estadístico.

9.      Intervenir en el diseño y provisión de los materiales necesarios para la realización de encuestas y operativos.

 

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE ESTADÍSTICA

DIRECCIÓN DE ESTADÍSTICAS SOCIALES

DEPARTAMENTO ESTUDIOS SOCIO DEMOGRÁFICOS

ACCIONES

 

1.      Realizar estudios sobre estructura, distribución espacial y dinámica de la población de la Provincia de Buenos Aires.

2.      Intervenir, con las áreas involucradas en la materia, en el diseño conceptual y operativo de los relevamientos estadísticos de viviendas, hogares y población.

3.      Procesar y participar en la evaluación de la información derivada de encuestas sociales y operativos censales.

4.      Desarrollar indicadores demográficos y efectuar la estimación oficial de población para los períodos intercensales de la Provincia de Buenos Aires.

5.      Responder las solicitudes de información correspondientes a estadísticas socio demográficas.

6.      Proponer el plan de publicaciones socio demográficas.

 

DIRECCIÓN DE ESTADÍSTICAS SOCIALES

DEPARTAMENTO ENCUESTAS SOCIALES

ACCIONES

 

1.      Planificar determinando necesidades, plan de acción y organización de los recursos materiales, físicos y humanos para el desarrollo de todos los operativos censales y de encuestas por muestreo referidos a las temáticas sociales en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires.

2.      Coordinar, ejecutar y supervisar todos los operativos censales y de encuestas por muestreo referidos a las temáticas sociales en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires.

3.      Realizar las correcciones y preparación de los datos derivados de los relevamientos para su envío al área de ingresos de datos.

4.      Realizar y actualizar los listados de viviendas utilizados para el desarrollo de los marcos muestrales.

5.      Implementar y coordinar la adecuación de los operativos censales y encuestas del sistema estadístico nacional de índole social a la realidad provincial.

 

DIRECCIÓN DE ESTADÍSTICAS SOCIALES

DEPARTAMENTO ANÁLISIS DE LAS ESTADÍSTICAS SOCIALES

ACCIONES

 

1.      Participar en la elaboración de criterios y metodologías que permitan compatibilizar las estadísticas sociales producidas por el sistema.

2.       Participar en el diseño conceptual de los relevamientos estadísticos del área social, en la definición del plan de tabulación, en la elaboración de pautas de consistencia y validación;

3.      Realizar la estimación y evaluación de resultados de los relevamientos estadísticos del área social.

4.      Calcular e interpretar indicadores sociales.

5.      Responder las solicitudes de usuarios correspondientes a estadísticas sociales.

6.      Proponer el plan de publicaciones de las estadísticas sociales.

 

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE ESTADÍSTICA

DIRECCIÓN DE ESTADÍSTICAS ECONÓMICAS

DEPARTAMENTO ESTADÍSTICAS DE LAS ACTIVIDADES PRIMARIAS

ACCIONES

 

1.      Producir los datos estadísticos del sistema de información de las actividades económicas del sector primario (Agropecuario, Forestal, Pesca y Minería) y del medioambiente.

2.      Diseñar y elaborar indicadores del sector, estructurales y coyunturales, con base geo-referencial.

3.      Participar en el diseño conceptual y operativo del sistema de información estadística para las actividades del sector primario y del medioambiente.

4.      Participar en el procesamiento de datos derivados de los relevamientos; en la elaboración de las pautas de consistencia e imputación.

5.      Planificar, coordinar, ejecutar y supervisar todo operativo censal y de encuestas por muestreo relativas al sector primario y del medioambiente, en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires.

6.      Recabar en los diferentes organismos de la Administración Pública Nacional, Provincial y Municipal datos para la elaboración de indicadores económicos del sector primario y del medioambiente.

7.      Implementar las etapas operativas y coordinar la adecuación de los operativos del sistema estadístico nacional del sector primario y del medioambiente a la realidad provincial.

8.      Participar en la actualización de los marcos muestrales.

9.      Responder las solicitudes de usuarios correspondientes a estadísticas del sector primario y del medioambiente.

10.  Proponer el plan de publicaciones de las estadísticas primarias.

 

DIRECCIÓN DE ESTADÍSTICAS ECONÓMICAS

DEPARTAMENTO ESTADÍSTICAS DE LAS ACTIVIDADES SECUNDARIAS

ACCIONES

 

1.      Producir los datos estadísticos del sistema de información de las actividades económicas del sector secundario (Industria Manufacturera, Construcción y Energía Eléctrica, Gas y Agua) y de Ciencia y Tecnología.

2.      Diseñar y elaborar indicadores del sector, estructurales y coyunturales, con base geo-referencial.

3.      Participar en el diseño conceptual y operativo del sistema de información estadística para las actividades del sector secundario y de Ciencia y Tecnología.

4.      Participar en el procesamiento de datos derivados de los relevamientos; en la elaboración de las pautas de consistencia e imputación.

5.      Planificar, coordinar, ejecutar y supervisar todo operativo censal y de encuestas por muestreo relativas al sector secundario y de Ciencia y Tecnología, en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires.

6.      Recabar en los diferentes organismos de la administración pública nacional, provincial y municipal datos para la elaboración de indicadores económicos del sector secundario y de Ciencia y Tecnología.

7.      Implementar las etapas operativas y coordinar la adecuación de los operativos del sistema estadístico nacional del sector secundario y de Ciencia y Tecnología a la realidad provincial.

8.      Participar en la actualización de los marcos muestrales.

9.      Responder las solicitudes de usuarios correspondientes a estadísticas del sector secundario y de Ciencia y Tecnología.

10.  Proponer el plan de publicación de las estadísticas secundarias.

 

DIRECCIÓN DE ESTADÍSTICAS ECONÓMICAS

DEPARTAMENTO ESTADÍSTICAS DE LAS ACTIVIDADES TERCIARIAS Y PRECIOS

ACCIONES

 

1.      Producir los datos estadísticos del sistema de información de las actividades económicas del sector terciario (Comercio, Restaurantes y Hoteles, Transporte, Intermediación Financiera y demás servicios, inclusive de las actividades desarrolladas por instituciones sin fines de lucro) y precios.

2.      Diseñar y elaborar indicadores del sector, estructurales y coyunturales, con base geo-referencial.

3.      Participar en el diseño conceptual y operativo del sistema de información estadística para las actividades del sector terciario y precios.

4.      Participar en el procesamiento de datos derivados de los relevamientos; en la elaboración de las pautas de consistencia e imputación.

5.      Planificar, coordinar, ejecutar y supervisar todo operativo censal y de encuestas por muestreo relativas al sector terciario y precios, en el ámbito de la Provincia de Buenos Aires.

6.      Recabar en los diferentes organismos de la administración pública nacional, provincial y municipal datos para la elaboración de indicadores económicos del sector terciario y precios.

7.      Implementar las etapas operativas y coordinar la adecuación de los operativos del sistema estadístico nacional del sector terciario y precios a la realidad provincial.

8.      Participar en la actualización de los marcos muestrales.

9.      Responder las solicitudes de usuarios correspondientes a estadísticas del sector terciario y precios.

10.  Proponer el plan de publicaciones de las estadísticas terciarias y precios.

 

DIRECCIÓN DE ESTADÍSTICAS ECONÓMICAS

DEPARTAMENTO ANÁLISIS DE LAS ESTADÍSTICAS ECONÓMICAS

ACCIONES

 

1.      Participar en la definición de criterios y metodologías que permitan compatibilizar las estadísticas económicas producidas por el sistema.

2.      Participar en el diseño conceptual de los relevamientos estadísticos del área económica, en la definición del plan de tabulación, en la elaboración de pautas de consistencia y validación; en la estimación y evaluación de los resultados.

3.      Analizar las estadísticas económicas en su conjunto, definir y elaborar informes e indicadores sectoriales, de actividad y de precios.

4.      Recabar en los diferentes organismos de la administración pública nacional, Provincial y municipal datos para la elaboración de indicadores e informes sectoriales, de actividad y de precios.

5.      Elaborar las estimaciones oficiales del Sistema de Cuentas Provinciales de la Provincia de Buenos Aires y su correspondiente desagregación municipal, en especial el cálculo oficial del Producto Bruto Geográfico.

6.      Participar en la actualización de los marcos muestrales.

7.      Responder las solicitudes de usuarios correspondientes a estadísticas económicas.

8.      Proponer el plan de publicaciones de las estadísticas económicas.

 

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE ESTADÍSTICA

DEPARTAMENTO COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA

ACCIONES

 

1.      Atender el registro de entradas, salidas, trámite y movimiento interno y archivo de las actuaciones giradas o iniciadas en el área de la Dirección Provincial.

2.      Controlar y verificar el debido cumplimiento de la normativa vigente, tanto en los aspectos formales como sustanciales, para el trámite de las actuaciones que se gestionen en la Dirección Provincial.

3.      Organizar, implementar y supervisar los sistemas de apoyo administrativo para todas las dependencias a las que asiste y brindar la información requerida por cada una de ellas.

4.      Coordinar las relaciones interorgánicas, organizar y mantener actualizados los archivos de documentación oficial, técnica, informes, análisis, estudios, legislación y otras normativas, necesarios al normal funcionamiento del organismo.

5.      Participar en la elaboración del Presupuesto de la Dirección Provincial y realizar el seguimiento de los gastos de bienes de consumo y de capital que se generen en la misma.

6.      Gestionar y procurar la provisión de bienes de consumo y de capital y elaborar y mantener actualizado el inventario de bienes con cargo a la Dirección Provincial.

7.      Controlar el cumplimiento de las reglamentaciones y disposiciones vigentes para el personal de la Dirección Provincial de Estadística, coordinando acciones con la dependencia competente.

 

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE ESTADÍSTICA

DEPARTAMENTO RELACIONES INSTITUCIONALES

ACCIONES

 

1.      Recabar la información producida en las distintas dependencias y áreas de la Dirección Provincial necesarias para el Plan de Publicaciones.

2.      Proponer y ejecutar las actividades inherentes y relacionadas con el Plan de Publicaciones del sector.

3.      Proponer acciones de difusión de la información producida..

4.      Coordinar acciones con los organismos y dependencias Nacionales, Provinciales o Municipales, sean éstos públicos o privados, relacionados con la planificación y la estadística.

5.      Mantener y actualizar el servicio de técnicas gráficas para el desarrollo del Plan de Publicaciones.

6.      Participar en la organización de conferencias, simposios y otros eventos difundiendo las acciones de planificación y las políticas de desarrollo.

7.      Preparar publicaciones, libretos, y audiovisuales para los medios de información y comunicación social, tanto públicos como privados.