Fundamentos de la

Ley 11669

Teniendo en cuenta la recopilación de antecedentes relativos a la creación del partido de Bragado, provincia de Buenos Aires, que se llevó a cabo desde su municipalidad, con la finalidad de fijar la fecha real de su creación, vengo a fundamentar el presente proyecto de ley, exponiendo lo siguiente:

Que el desarrollo de las fundaciones de localidades, distritos, cabecera, pueblos y ciudades en el pasado, han generado confusión en cuanto a la fecha que debiera tenerse por válida para el nacimiento de partidos, que se fijaba por designación de autoridades, y posterior fijación de límites.

Que por los elementos reunidos y elevados al superior gobierno de la provincia de Buenos Aires, su gobernador Dr. Alejandro Armendariz bajo Decreto Nro. 6.402 del 17 de setiembre de 1986, cuya copia agrego, reconoce como fecha aniversario de la fundación del partido el día 17 de octubre, tomado como origen la del 17 de octubre de 1851.

Que relacionado a la determinación del superior gobierno de la provincia de Buenos Aires, la municipalidad de Bragado, bajo Decreto Nro. 478 de 24 de setiembre de 1986 conmemora el 135 aniversario de la creación del partido de Bragado. También se agrega copia del decreto de referencia.

Que por todo lo expuesto, e interpretando que la superposición de fechas relacionadas con el asentamiento poblacional, o algún suceso de importancia se deben considerar como antecedentes de origen poblacional, que nada tienen que ver con la creación del partido, es que solicito se fije por ley de la Provincia como fecha de creación del partido de Bragado, en la provincia de Buenos Aires, el día 17 de octubre de 1851.