Provincia de Buenos Aires
INSTITUTO DE OBRA MEDICO
ASISTENCIAL - IOMA
Resolución Nº 4.333/08

La Plata, 19 de agosto de 2008.

VISTO el expediente Nº 2914-24641/08, iniciado por la Dirección General de Prestaciones, caratulado: "Solicita un Informe Pormenorizado del Plan Ser debido a quejas y denuncias de los afiliados por irregularidades”, y

CONSIDERANDO:
Que tratan las presentes del proyecto de modificación del Plan de Salud Sexual y Reproductiva (SER), que fuera aprobado por Resolución Nº 1.245/06, su complementaria Nº 159/07 y modificatoria Nº 956/07; con el objeto de subsanar las deficiencias detectadas en su ejecución;
Que a fojas 2/3, la doctora Andrea Borghi, en su carácter de coordinadora del Plan SER, realiza un informe sobre las dificultades encontradas en la ejecución del mismo, a saber: no obstante haber nacido con el objeto de implementar un programa de salud sexual, solo se ha implementado un programa de cobertura gratuita por falta de elementos técnicos y recursos humanos que imposibilitó reunir la información necesaria; por falta de control se detectaron casos de afiliados que utilizaron ambos métodos anticonceptivos simultáneamente, intercambio de chequeras y uso de las mismas por personas ajenas a este Instituto; por otra parte, se solicitó la impresión de chequeras, sin haber obtenido repuesta a dicha necesidad;
Que a fojas 34/35, luce Anexo I en el que se detallan las modificaciones propuestas, entre las que se destacan: la implementación de una chequera única ya que el programa actual cuenta con dos etapas (inicio y seguimiento) que a su vez se dividen por edades; la provisión de métodos anticonceptivos separada de la chequera que se entregara con posterioridad a la primera consulta con el ginecólogo;
Que a fojas 35, se detalla el contenido de la chequera, que contendrá: tres (3) bonos de consulta médica, una orden de laboratorio (con diferentes prácticas según el método anticonceptivo elegido), una ecografía ginecológica, un papanicolau, una colposcopía y una mamografía bilateral con prolongación axilar, para beneficiarias mayores de treinta y cinco (35) años;
Que, se contemplan como adicionales: la colocación de DIU de origen nacional, doce (12) recetarios para prescripción de anticonceptivos orales e inyectables y una ecografía ginecológica posterior a la colación del DIU;
Que a fojas 62, la Dirección de Programas Específicos informa que se detectaron maniobras inescrupulosas por parte de profesionales y afiliados, por lo que propone modificaciones haciendo hincapié en la necesidad de mayores controles;
Que asimismo, considera indispensable la mayor cantidad de recursos humanos, tecnología (PC y lectores de barras) e interconexión con las regiones;
Que a fojas 63, la Dirección General de Prestaciones interviene prestando conformidad a la propuesta;
Que a fojas 64, la Dirección de Relaciones Jurídicas considera favorable las modificaciones propuestas y no advierte objeciones que formular desde el punto de vista de su competencia;
Que el Honorable Directorio en su reunión de fecha 14 de mayo de 2008, según consta en Acta Nº 20, Resolvió: Aprobar el nuevo Plan de Salud Sexual y Reproductiva que como Anexo 1 a 4 formará parte del acto administrativo a dictarse, y aprobar la consecuente modificación del Formulario Terapéutico de este IOMA en todo lo que resulte alcanzado por la innovación operada, encomendándose a la Subdirección Técnico Científica de Farmacias y Bioquímica su implementación; Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas en la Ley Nº 6.982 (T.O. 1987) y su Decreto Reglamentario Nº 7.881/74.
Por ello,

EL HONORABLE DIRECTORIO DEL INSTITUTO DE OBRA MEDICO ASISTENCIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:

ARTICULO 1º - Aprobar el nuevo Plan de Salud Sexual y Reproductiva que como Anexo 1 a 4 formará parte del acto administrativo. Ello en virtud de los considerandos que anteceden.
ARTICULO 2º - Encomendar a la Subdirección Técnico Científica de Farmacias y Bioquímica la implementación de la modificación del Formulario Terapéutico de este IOMA en todo lo que resulte alcanzado por el nuevo plan aprobado en el artículo que antecede.
ARTICULO 3º - Registrar. Comunicar a las direcciones generales y demás direcciones intervinientes del Instituto. Publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Pasar a la Subdirección Técnico Científica de Farmacias y Bioquímica. Cumplido, archivar.


Javier Mouriño
Presidente IOMA

ANEXO 1

CAPITULO I
PLAN “SER” DE SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA

APARTADO I
INTRODUCCION
La implementación por parte del IOMA del Plan de Salud Sexual y Reproductiva tiene como objetivo fundamental garantizar el acceso de la población a la información sobre salud sexual y reproductiva, asegurar acciones de prevención y diagnóstico temprano y oportuno de las enfermedades oncológicas y de transmisión sexual.
El concepto de Salud Sexual y Reproductiva, implica el derecho de tener relaciones sexuales gratificantes sin coerción, sin temor a infecciones o a embarazos no deseados, la posibilidad de poder regular la fecundidad, el derecho a un parto seguro y sin riesgos y criar niños saludables.
Surge como objetivo fundamental del programa el derecho de las personas a poder conocer, identificar, elegir y discriminar los distintos métodos de control de la fertilidad existentes, naturales o artificiales, asegurando la igualdad de oportunidades en el ejercicio de la libertad personal, de manera que a través del programa se incluya la realización de análisis, exámenes complementarios, prácticas médicas, información, asesoramiento, registro de historias clínicas, prescripción y provisión de fármacos y todo otro elemento necesario para el cumplimiento del mismo, como así también se incluirán prestaciones para la detección temprana de las enfermedades de transmisión sexual tales como: H.I.V., hepatitis B, Gonococcia, sífilis, y el H.P.V. (relacionado con el carcinoma de cuello de útero). Así también la detección precoz de enfermedades como cáncer de vulva, útero, anexos y cáncer mamario.
La misión del plan lleva implícita la necesidad de ocuparse no sólo de la salud física, sino también, y muy especialmente, de los aspectos preventivos y promocionales, a partir de un enfoque integral que tome en cuenta los determinantes biológicos, psicológicos, socioeconómicos y culturales, esto está fundado en una concepción amplia e integradora del individuo y su familia, debiendo estar orientada a garantizar el acceso a una atención eficiente, integral, personalizada y de alta calidad, por medio de un conjunto de acciones de promoción y prevención.
La salud como componente básico del bienestar y el desarrollo no debe ser sólo una meta del sector sanitario, sino también de la sociedad.
La salud de la población es un aspecto esencial del progreso de las naciones.

APARTADO II
MARCO JURIDICO


La implementación del plan se basa en las normativas propuestas en el artículo 6º de la Ley Provincial de Salud Reproductiva Nº 13.066 y en los artículos 2º y 6º de la Reglamentación de la misma.
ARTICULO 6º (Ley Nº 13.066): El Instituto de Obra Medico Asistencial (IOMA) incorporará dentro de su cobertura médico asistencial las prestaciones médicas y farmacológicas referidas a los métodos conceptivos y anticonceptivos no abortivos y de carácter transitorio y reversibles, que al efecto fije la autoridad de aplicación de la presente ley.
ARTICULO 2º (De la Reglamentación): Son componentes esenciales para el cumplimiento efectivo del derecho a la salud de las personas, la promoción de la salud, la prevención, el auto cuidado y la recuperación. Se propenderá a la creación de espacios dedicados al asesoramiento y consejería.
A los fines, se articularán y promoverán, a partir de una planificación que tome como modelo a la estrategia de Atención Primaria de la Salud, acciones que asistan a la persona desde el momento de la concepción.
Serán obligaciones del profesional médico interviniente, con relación a la demanda de métodos conceptivos y anticonceptivos por parte de los beneficiarios, las siguientes:
a) Realizar los estudios previos que correspondan a la prescripción.
b) Informar a los beneficiarios de manera completa, incluyendo los efectos colaterales que pueda producir cada indicación tanto a corto como al largo plazo. La información será clara, suficiente adecuada y con lenguaje acorde a las condiciones personales del beneficiario, con relación a las ventajas y desventajas de cada método, en forma previa al suministro, diferenciando los métodos naturales -entendiendo por tales aquellos vinculados con la abstinencia periódica- de los no naturales. Se promoverá en particular el uso de preservativo como método de prevención de las enfermedades de trasmisión sexual (E.T.S.).
c) Respetar los criterios o convicciones de los destinatarios en la prescripción, una vez que han sido informados, salvo contraindicación médica específica.
d) Dejar constancia escrita del consentimiento informado, a cuyo efecto se requerirá al destinatario la suscripción del documento que acredite que la información fue suministrada en debida forma. Para el caso de menores de edad que concurrieran a la consulta acompañados por un adulto se requerirá asimismo la firma de este último.
e) Para el caso de optar por el beneficiario por un método no natural deberá restringir la indicación a alguno de los incluidos en el listado de métodos no abortivos transitorios y reversibles que al efecto elabora el ANMAT.
f) Efectuar el seguimiento de el/ la beneficiario/a, con posterioridad al método elegido.
g) Se respetará el derecho de los profesionales a ser objetos de conciencia los que serán exceptuados de su participación de este Programa. Esta situación deberá ser informada a los Directivos del establecimiento en que se desempeñen, y a las personas que soliciten su desempeño profesional, a efectos de procederse, con miras al cumplimiento del presente Programa, a su reemplazo por otro profesional. Los centros asistenciales deberán garantizar la implementación del Programa, realizando la derivación a otro profesional o servicio.
ARTICULO 6º (de la Reglamentación): El instituto de Obra Médico Asistencial (IOMA) deberá desarrollar un Programa que dé cumplimiento a los objetivos establecidos por el artículo 2 de la presente reglamentación, incorporando la cobertura de los métodos previstos en el Programa provincial en igualdad de condiciones con sus otras prestaciones.

CAPITULO II
OBJETIVOS DEL PLAN

APARTADO I
OBJETIVOS GENERALES
Desarrollar un plan para el diagnóstico precoz del cáncer genito-mamario, y de las enfermedades de transmisión sexual.
Asegurar el derecho de tener relaciones sexuales gratificantes sin coerción, sin temor a infecciones o a embarazos no deseados, y la posibilidad de poder regular la fecundidad.
Posibilitar la instrumentación de actividades y la organización adecuada de los recursos, facilitando la unificación de pautas y respuestas más adecuadas para disminuir las Enfermedades de Transmisión Sexual (E.T.S.) sobre la base de los conocimientos científicos y avances tecnológicos.
Garantizar el acceso a la información y a las prestaciones, métodos y servicios necesarios para el ejercicio responsable de sus derechos sexuales y reproductivos.

APARTADO II
OBJETIVOS ESPECIFICOS
Prevenir mediante educación e información los abortos provocados.
Brindar información respecto de las edades y los intervalos intergenésicos considerados más adecuados para la reproducción.
Garantizar la información y el acceso a los métodos y prestaciones de anticoncepción a las personas que lo requieran para promover su libre elección.
Difundir la información relacionada con la prevención de VIH/SIDA y otras enfermedades de transmisión sexual.
Detectar precozmente el cáncer de cuello del útero y de mama.
Contribuir a la prevención y al diagnóstico temprano de las enfermedades de transmisión sexual.
Contribuir a la prevención del embarazo no deseado.
Promover la reflexión sobre la salud reproductiva y la procreación responsable.

APARTADO III
EJES DEL PLAN
Sensibilización
Pretende plantear las bases teóricas y operativas de un nuevo modelo que combine, entre otras características, la calidad, la equidad y la eficiencia.
Capacitación-supervisión
El modelo de atención y organización propuesto requiere la adecuación de los roles, funciones y prácticas de los recursos humanos, así como la implementación de mecanismos de supervisión capacitada que brinde apoyo permanente al equipo de salud para alcanzar las metas propuestas.
Comunicación social
Los medios de comunicación gráficos, audiovisuales y radiales, constituyen un recurso esencial para la difusión de mensajes de promoción y protección de la salud y la instalación del debate de diversos temas relacionados con las condiciones de vida y conductas de riesgo en la población, así como también la orientación de la demanda para un uso racional de los servicios.

APARTADO IV
ACCIONES QUE GARANTIZAN LA IMPLEMENTACION DEL PLAN
a) Informar en forma completa y adecuada, brindando asesoramiento personalizado sobre métodos anticonceptivos, su efectividad y contraindicaciones, así como su correcta utilización para cada caso particular a través del profesional interviniente.
b) Todos los estudios necesarios previos a la prescripción del método anticonceptivo elegido y los controles de seguimiento que requiera dicho método.
c) Prescripción y provisión de los métodos anticonceptivos, que en todos los casos serán de carácter reversible, transitorio y aprobados por el Ministerio de Salud de la Nación, y por lo tanto no abortivos; elegidos voluntariamente por las/los beneficiarias/os luego de recibir información completa y adecuada por parte del profesional interviniente:
d) Informar sobre el uso del preservativo como único método anticonceptivo que al mismo tiempo previene de la infección por VIH y del resto de las enfermedades de transmisión sexual.
e) Implementar mecanismos de información, registro, seguimiento y monitoreo permanente sobre las acciones establecidas en el presente Plan, con evaluación periódica de las prestaciones brindadas.

CAPITULO III

APARTADO I
PRESTACIONES INCLUIDAS
El Plan de Salud Sexual y Reproductiva es un Plan pensado para:
Promoción de la periodicidad de la consulta en salud.
Prevención de enfermedades de transmisión sexual.
Detección de Sífilis, HIV, Hepatitis B.
Detección precoz de CA de cuello uterino.
Detección precoz del CA de mama.
Consejería a través de los profesionales intervinientes.
Planificación Familiar.

El plan comprende:
Consultas médicas: para examen clínico, prescripción de estudios complementarios, información, educación y prescripción de métodos anticonceptivos.
Los bonos de consulta de las diferentes chequeras brindan gratuitamente el monto de una prestación categoría A.
Métodos complementarios de estudio: para detección de enfermedades de transmisión sexual, oncológicas (cáncer de mama, cáncer de cuello uterino, etc.)
Provisión de métodos anticonceptivos: Cobertura del 100% en anticonceptivos orales e inyectables. Cobertura del 100% en colocación y provisión de DIU, bajo el Código 11.02.17 del Nomenclador Nacional.
Control y Seguimiento de las afiliadas incorporadas al programa.

APARTADO II
ALCANCE DEL PLAN


Se podrán incorporar al Programa todas las mujeres en edad fértil entre los 14 - 50 años de edad.
Al ser incorporadas en el programa se les proveerá en la Delegación o Región correspondiente a su domicilio la chequera respectiva.
En forma personal, deben presentar Credencial, último recibo de sueldo, o último recibo de pago para afiliados voluntarios y documento nacional de identidad.
La chequera tendrá vigencia de 1 (un) año, con renovación inmediata contra entrega de la chequera anterior.
Los Métodos Anticonceptivos se entregarán posteriormente a la primera consulta médica con el Ginecólogo, en la cual pactarán el método Anticonceptivo elegido. Deberá solicitar los métodos anticonceptivos con la indicación correspondiente por parte de su Ginecólogo.
Se podrá optar por:
Colocación de DIU Nacional (Bono de práctica con la Provisión y colocación de DIU)
12 Recetarios para la prescripción de Anticonceptivos orales e inyectables.

CONTENIDO DE LA CHEQUERA:
3 Bonos de consultas Médicas
1 Práctica de Laboratorio con las siguientes prácticas:
(Detalladas al reverso de la orden)
Para ACO                       Para Colocación de DIU
Hepatograma completo     Hemograma completo
Perfil lipídico                   Glucemia
VDRL                             VDRL
HIV                               HIV
Hepatitis B (abs Ag)         Hepatitis B (abs Ag)
1 Ecografía ginecológica (gastos y honorarios médicos) en órdenes separadas
1 Papanicolaou (gastos y honorarios médicos) en órdenes separadas.
1 Colposcopía (gastos y honorarios médicos) en la misma orden
1 Mamografía bilateral con prolongación axilar (gastos y honorarios) en órdenes separadas (Con leyenda A partir de los 35 años de edad de la afiliada).

ORDENES ADICIONALES DE LOS METODOS ANTICONCEPTIVOS:
Colocación de Diu Nacional (Bono de práctica con la Provisión y colocación de Diu)+ Ecografía Ginecológica para el control al mes de colocado el Diu.
12 Recetarios para la prescripción de Anticonceptivos orales e inyectables.

CAPITULO IV

desarrollo dEl pLAN
Primera consulta
Anamnesis e información.
Examen tocoginecológico. Examen mamario
Solicitud de exámenes complementarios:
                         PAP y Colposcopía
                         Ecografía ginecológica
                         Mamografía (según edad de la paciente)
Laboratorio según indicación del profesional (Pre impreso):
                               Para ACO Para Colocación de DIU
Hepatograma completo Hemograma completo
                               Perfil lipídico Glucemia
VDR                          VDRL
HIV                           HIV
Hepatitis B (abs Ag)     Hepatitis B (abs Ag)
El profesional indicará cual requiere para cada paciente en particular de acuerdo al método anticonceptivo hormonal elegido.
Segunda consulta
Estudio y evaluación de resultados previamente solicitados y elección del método anticonceptivo, si no fue realizado en la primera consulta o modificaciones del mismo según evaluación Clínica y/o resultados de Estudios complementarios.
Colocación y provisión del DIU: será facturado a IOMA a través de los Círculos Médicos por medio de una orden de práctica (que se encuentra incluida en la chequera), dado que esta prestación está contemplada en el código 11.02.17 del Nomenclador Nacional. El bono correspondiente para poder ser liquidado y abonado deberá tener adjuntado la identificación (troquel) del DIU que fue colocado.
La indicación de anticonceptivos orales o inyectables se hará por medio de las recetas que le fueron proporcionadas en la región o Delegación más próxima a su domicilio
Tercera consulta de control (al mes en caso de optar por D.I.U., a los seis meses en caso de A.C.O.)
En el caso de optar por un Dispositivo Intrauterino podrá utilizar una orden adicional de Ecografía.
El programa cuenta con una Planilla de Control y Seguimiento que será entregada por IOMA a las Entidades Médicas para la distribución a todos los profesionales médicos que trabajen en el programa para ser completada en el lugar de atención de las afiliadas y la cual deberá ser presentada juntamente con la facturación de los bonos al Círculo Médico correspondiente. Dicha planilla será remitida por las entidades médicas a IOMA Central para su registro, control y seguimiento del Programa.
Toda patología detectada por examen clínico y por estudios complementarios en cualquiera de las etapas que están incluidas en el plan se tratará y resolverá según normas actuales de cobertura de la obra social, no estando incluidas en este plan por ser el mismo un plan de prevención y diagnóstico precoz.
Se suministrará de acuerdo a normativas del plan, a demanda de los beneficiarios y sobre la base de estudios previos, los métodos y elementos anticonceptivos que deberán ser de carácter reversible, no abortivos y transitorios, respetando los criterios o convicciones de los destinatarios, salvo contraindicación médica específica y previa información brindada sobre las ventajas y desventajas de los métodos naturales y aquéllos aprobados por la ANMAT.
Previ
o a la instrumentación del método elegido, las beneficiarias recibirán por parte del profesional interviniente la información y asesoramiento sobre la opción tomada, la que quedará registrada mediante el consentimiento informado, (los ejemplares del mismo serán provistos por IOMA a las Agremiaciones Médicas para la distribución a los profesionales médicos) el cual será archivado con la historia clínica, y quedarán en poder del profesional. En todos los casos se respetará la autodeterminación.
Con respecto a menores de edad, se transcribe el Art. 3º del anexo de la reglamentación de la Ley Nº 13.066 que dice:
Art. 3º - “A los efectos de la satisfacción del interés superior del niño, se lo considera al mismo beneficiario, sin excepción ni discriminación alguna, del más alto nivel de salud y dentro de ella de las políticas de prevención y atención de la salud sexual y reproductiva en consonancia con la evolución de sus facultades.
Las personas menores de edad tendrán derecho a recibir, a su pedido y de acuerdo a su desarrollo, información clara, completa y oportuna, manteniendo confidencialidad sobre la misma y respetando su privacidad.
En todos los casos, y cuando corresponda por indicación del profesional interviniente, se favorecerá la prescripción de métodos de barrera, particularmente el preservativo, a los fines de prevenir enfermedades de transmisión sexual y VIH/SIDA.
Sólo previa evaluación clínica por parte del profesional, se podrá prescribir además otro tipo de método. En este último supuesto, las personas menores de 14 años deberán contar con el consentimiento expreso de los padres o adulto responsable.
Quedan incluidas en los alcances del presente Programa, las personas que padezcan de discapacidad mental internadas en establecimientos psiquiátricos o externadas. En ese caso será necesario el consentimiento de curador o representante legal.”

CAPITULO V
COBERTURA EN ANTICONCEPTIVOS

Anticonceptivos hormonales
ORALES
Combinados continuos
Bifásicos
Etinilestradiol 0,030 mg + Desogestrel 0,150 mg
Etinilestradiol 0,020 mg + Desogestrel 0,150 mg
Etinilestradiol 0,020 mg + Gestodeno 0,075 mg
Etinilestradiol 0,030 mg.+ Gestodeno 0,060 mg.
Etinilestradiol 0,015 mg + Gestodeno 0,075 mg.
Etinilestradiol 0,030 mg + Norgestimato 0,250 mg
Etinilestradiol 0,050 mg + Acetato de Noretindrona 2,5 mg
Etinilestradiol 0,020 mg + Levonorgestrel 0,100 mg.
Etinilestradiol 0,035 mg + Levonorgestrel 0,150mg.
Etinilestradiol 0,050 mg + Levonorgestrel 0,250mg
Etinilestradiol 0.03 mg. + Drospirenona 3 mg.
Etinilestradiol 0.02mg.
 + Drospirenona 3 mg.

Trifásicos
Etinilestradiol 0,030-0,04-0,03 mg + Gestodeno 0,05-0,07-0,1 mg
Etinilestradiol 0,03-0,04-0,03 mg + Levonorgestrel 0,05-0,075-0,125 mg
Etinilestradiol 0,035-0,035-0,035 mg + Norgestimato 0,180-0,215-0,250 mg
Lactancia
Norgestrel 75 mg
Desogestrel 75 mg
Linestrenol 0,5 mg
Levonorgestrel 30 mg
INYECTABLES:
Combinados mensuales
Aceto fénido de Hidroxiprogesterona 150 mg + enantato de estradiol 10 mg
Enantato de Norestisterona 50 mg +valerianato de estradiol 5mg (Mesigy)
Los métodos anticonceptivos orales e inyectables tienen a través del plan una cobertura del 100%.
3) Dispositivos intrauterinos:
Dispositivos mediados con cobre.
MODELOS: Modelo T TCU – 380 A; TCU – 380 (slimline más delgado TCU - 200, TCU – 200 B, TCU - 220 C, NOVA – T.
MODELOS: Multiload – 250, Multiload-375.
Colocación y provisión de DIU con cobertura 100%. Código 11.02.17 del Nomenclador Nacional.

CAPITULO VI
INSTRUCTIVO PARA LAS REGIONES

Con el fin de optimizar la implementación del Plan Ser, el mismo ha sufrido modificaciones, a fin de evitar el uso simultáneo de Anticonceptivos Orales y la Colocación del Dispositivo Intrauterino.
Para ello se han reemplazado las chequeras correspondientes a menores y mayores de 35 años y de seguimiento por una chequera única que incluye las mismas prestaciones brindadas hasta el momento.
CONTENIDO DE LA CHEQUERA
3 Bonos de consultas Médicas
1 Práctica de Laboratorio con las siguientes prácticas:
(Detalladas al reverso de la orden)
                                 Para ACO Para Colocación de DIU
Hepatograma completo   Hemograma completo
Perfil lipídico                 Glucemia
VDRL                           VDRL
HIV                             HIV
Hepatitis B (abs Ag)       Hepatitis B (abs Ag)
1 Ecografía ginecológica (gastos y honorarios médicos en órdenes separadas): para aquellos casos que opten por colocación de DIU.
1 Papanicolaou (gastos y honorarios médicos) en órdenes separadas.
1 Colposcopía (gastos y honorarios médicos) en la misma orden
Mamografía bilateral con prolongación axilar (gastos y honorarios) en órdenes separadas (Con la leyenda “Solo válido a partir de los 35 años de edad de la afiliada”).

METODOS ANTICONCEPTIVOS
ADICIONALES

Colocación de DIU Nacional (Bono de práctica con la Provisión y colocación de DIU) + Ecografía ginecológica para el control posterior a la Colocación de Diu.
12 Recetarios para la prescripción de Anticonceptivos orales e inyectables.
Circuito de entrega de la Chequera
La
entrega se hará en forma personalizada en la Región o Delegación correspondiente, llevando la afiliada:
DNI
Carnet de I.O.M.A.
Ultimo recibo de sueldo o último pago (afiliada voluntaria).
El responsable del Programa en la Delegación o Región deberá completar en la portada de la chequera los datos afiliatorios preimpresos en la misma y firmarla.
La afiliada concurrirá a su Ginecólogo, quien le solicitará los estudios pertinentes.
Con la prescripción médica del método anticonceptivo elegido y las fotocopias de los resultados de los estudios realizados concurrirá a la Delegación, a fin de solicitar el bono adicional del método anticonceptivo elegido:
ADICIONAL 1 (A1): Colocación de DIU Nacional (Bono de práctica con la Provisión y colocación de DIU + Ecografía ginecológica para el control posterior a la Colocación de Diu) o
ADICIONAL 2 (A2): 12 Recetarios para la prescripción de Anticonceptivos orales e inyectables
En caso de necesidad de cambio del método anticonceptivo:
De ACO a Colocación de DIU:
La afiliada deberá entregar las recetas que no haya utilizado de los anticonceptivos orales (A1), caso contrario no se le proveerá del bono adicional para Colocación de DIU.
De Colocación de DIU a ACO:
Luego de la extracción o expulsión del DIU, la afiliada deberá concurrir con el Certificado médico avalando la extracción o expulsión del DIU, para solicitar los adicionales de los anticonceptivos orales.
En la Región o Delegación el Responsable del Plan, volcará en una planilla los resultados patológicos hallados, que deberá enviar en forma mensual al IOMA Central.
En el caso de Delegaciones que no disponen de conectividad deberá organizarse un sistema de entregas de chequeras y carga de los datos en planillas o soporte magnético que posteriormente se entrega a la región correspondiente para su carga en forma quincenal. (Se adjunta copia de planilla).

INSTRUCTIVO PARA EL EMPLEADO
Podrán ingresar al Plan las afiliadas que tengan entre 14 y 50 años en forma personalizada con la documentación pertinente (carnet, DNI, y último recibo de sueldo, o el último pago si se trata de un afiliado voluntario).
El delegado verifica la documentación presentada (fecha de vencimiento del carnet, etc.) y completa la chequera con los datos solicitados en la tapa, cargando la entrega de la misma al sistema si cuenta la Delegación con Web, de lo contrario se lo vuelca a la planilla de Alta, que será enviada a la Región correspondiente para la carga en el Sistema.
Al efectuarse el armado de la chequera en la Imprenta se cometieron algunos errores, en la primer tirada de chequeras, para tratar de remediarlos se le comunica al responsable del programa:
Verificar las prácticas contenidas en la chequera en el momento de la entrega.
Anular la práctica “ Ecografía Ginecológica para control de Colocación de Diu” (Gastos y Honorarios)
En una segunda oportunidad la afiliada concurre a la Delegación con la Indicación médica del Método Anticonceptivo y los resultados de los estudios realizados, donde se le entregará el Adicional correspondiente:
-ADICIONAL 1 (A1): Colocación de DIU Nacional (Bono de práctica con la Provisión y colocación de DIU + Ecografía ginecológica para el control posterior a la Colocación de Diu) o
-ADICIONAL 2 (A2): 12 Recetarios para la prescripción de
Anticonceptivos orales e inyectables
Se le indica al Responsable del programa que:
1. Verifique las prácticas contenidas en la chequera en el momento de la entrega.
2. Anular la práctica “Ecografía Ginecológica para colocación de Colocación de Diu” (Gastos y Honorarios)
3. Corregir el código de Colocación de Diu (Código correcto 11.02.17) figura en la chequera el código 17.02.17
Se cargará la misma al sistema si cuenta la Delegación con Web, de lo contrario se lo vuelca a la planilla de Alta, que será enviada a la Región correspondiente para la carga en el Sistema (en forma quincenal).
El Delegado enviará en forma mensual al I.O.M.A Central la planilla con los resultados patológicos de los estudios complementados recopilados de las afiliadas que se incorporaron al programa.
La chequera tendrá un año de validez. Para la renovación el empleado debe solicitar la chequera anterior, carnet, DNI y último recibo de sueldo, o el último pago si se trata de un afiliado voluntario. Y proceder de la misma manera que la primera entrega (completar los datos en la chequera, planilla, etc,)
La reposición de las chequeras se llevará a cabo cuando se encuentre cargado al sistema el 80% de las chequeras entregadas a la Región con anterioridad.

ANEXO 2

CONSENTIMIENTO INFORMADO

Lugar y fecha:........................................

DATOS DEL BENEFICIARIO:
Nombre:.................................................
DNI/LC:..................................................
Edad:.....................................................

DATOS DEL TUTOR: Para ser completado en caso de beneficiarios que sean menores de edad y concurran acompañados por su tutor, o en caso de menores de 14 años que opten por métodos distintos del método de barrera.
Nombre:…………………………………..
DNI/LC:…………………………………...
Edad:.....................................................
Parentesco con el menor:......................

En mi carácter de beneficiario del Plan de Salud Sexual y Reproductiva de IOMA, manifiesto haber recibido información completa acerca de métodos anticonceptivos naturales y no naturales, reversibles y no abortivos aprobados por el ANMAT y haber comprendido las características de cada uno de ellos, sus ventajas y desventajas, efectos adversos y colaterales, así también sus contraindicaciones y los riesgos que ello implica.
Así también declaro conocer los riesgos de contraer una enfermedad de transmisión sexual y se me ha informado que el único medio no natural de prevención para las mismas es el uso del preservativo.
Por todo lo arriba expuesto, haciendo uso de mi derecho de autonomía, manifiesto optar libremente por: ............................................................................................
Firma del beneficiario:.........................
Aclaración:...........................................
Firma del tutor:.....................................
Aclaración:...........................................

Por la presente certifico que he explicado la naturaleza, propósito, beneficios, riesgos y alternativas de los métodos propuestos; me he ofrecido a contestar cualquier pregunta y he contestado completamente todas las preguntas hechas. Creo que los padres/tutores/encargados han comprendido completamente lo que he explicado y contestado.
Firma:...................................................
Aclaración:...........................................
Matrícula del Médico:...........................

Provincia de Buenos Aires
INSTITUTO DE OBRA MEDICO
ASISTENCIAL - IOMA

ANEXO 4

 


C.C. 7.662