Provincia de
Buenos Aires
SECRETARIA GENERAL DE LA GOBERNACION
Resolución N° 138
La Plata, 30 de abril de 2007.
VISTO el Decreto N° 2254 del 8 de septiembre de 2006, por el cual se modificó el régimen de descuentos sobre haberes salariales de los agentes públicos y las Resoluciones del señor Secretario General de la Gobernación N° 414, N° 49 y N° 97, de fechas 28 de diciembre de 2006, 27 de febrero de 2007 y 28 de marzo de 2007, respectivamente, y
CONSIDERANDO:
Que por el decreto N° 2254/06 se establecieron las regulaciones a que deben
ajustarse los responsables de las liquidaciones de haberes de los agentes
públicos, como así también las condiciones y plazos que aquellas Entidades que
habilita a solicitar descuentos, deben cumplir para tal fin;
Que con relación a la fecha establecida por su artículo 11 para que esas
instituciones se inscribieran en el registro de Entidades creado por su
artículo 5° para acceder a los descuentos sobre la “Cuenta Pago de
Remuneraciones” a que se refiere el artículo 4° respecto de las transacciones
habilitadas por el régimen que se derogaba, y si bien esta Administración
consideró que el plazo brindado para ello, del orden de los noventa días, al
haberse dictado el decreto N° 2254/06, resultaría suficiente, la realidad ha
demostrado que el plazo debe ampliarse para posibilitar la debida transición al
nuevo régimen;
Que por tal razón, a través de las Resoluciones citadas en el Visto se
prorrogó, hasta el 30 de abril de 2007 el plazo instituido por el artículo 11
del Decreto N° 2254/06, propiciándose ahora una nueva prórroga;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el
artículo 15 del Decreto N° 2254/06:
Por ello,
EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE EL DECRETO
N° 2254/06 EL SECRETARIO GENERAL DE LA GOBERNACION, RESUELVE:
ARTICULO 1°.- Prorrogar
hasta el 31 de mayo de 2007, el plazo instituido por el artículo 11 del Decreto
N° 2254/06.
ARTICULO 2°.- Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al
SINBA. Cumplido, archivar.
Ricardo
A. Bozzani
Secretario General de la Gobernación
C.C. 5.126