Provincia de Buenos Aires
AUTORIDAD DEL AGUA
Resolución Nº 372

La Plata, 12 de mayo de 2010.

VISTO la sanción de la Ley Nº 12.257 que estableció el Código de Aguas de la Provincia de Buenos Aires, los Decretos Nos. 743/99, 2.307/99 y 2.814/00 y la necesidad de integrar Organismos Regionales coincidentes con las cuencas hídricas del ámbito Bonaerense, con participación de los sectores afectados por la problemática hídrica; y

C O N S I D E R A N D O:
Que la Ley Nº 12.257 permite la creación de Comités de Cuenca con capacidad para conformar estructuras que posibiliten el estudio integral de los problemas hidráulicos y demás acciones previstas en el Código de Aguas, con la participación directa de los interesados, afectados y beneficiarios a los efectos de lograr una efectiva toma de conocimiento de la complejidad de los factores intervinientes y de la necesidad de contar con la colaboración de los mismos en un ámbito multisectorial;
Que asimismo estas estructuras propondrán las pautas para la preparación y ejecución de programas de desarrollo integrado de las cuencas;
Que las Municipalidades como órganos de gobierno locales que se encuentran en relación directa con el medio en donde se manifiestan los problemas mencionados, son las instituciones previstas en el Código de Aguas para integrar los Comités de Cuenca;
Que la Cuenca Hídrica Tuyú Mar y Campo está conformada geográficamente por los Partidos de Pinamar, Villa Gesell, de La Costa, General Madariaga y General Lavalle.
Que el Acta de Constitución del Comité de Cuenca se ajusta al modelo aprobado por Resolución 002, expediente número 2436-012/01 de la Autoridad del Agua;
Que la Ley Nº 12.257, en su artículo 121, establece expresamente que la Autoridad del Agua es el Organismo de Aplicación con competencia para crear los Comités de Cuenca;
Por ello,

EL DIRECTORIO DE LA AUTORIDAD DEL AGUA
DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, RESUELVE:

ARTÍCULO 1. Crear el Comité de la Cuenca Hídrica Tuyú Mar y Campo, el que estará integrado por los Municipios de Pinamar, Villa Gesell, de La Costa, General Madariaga y General Lavalle.
ARTÍCULO 2. Registrar, publicar en el Boletín Oficial, dar al SINBA y pasar a la Dirección de Usos y Aprovechamiento del Recurso Hídrico y Coordinación Regional para su toma de razón, comunicación y demás efectos.
Fdo:
Darío González Ceuninck, Presidente; Adrián Oscar Biglieri, Vicepresidente; Silvia María Eva Gottero, Director Vocal, Héctor Hugo Domínguez, Director Vocal. Lucrecia Federico, División Administrativa y Servicios Generales A.D.A.

C.C. 6.177