DECRETO 628/17 E
LA PLATA, 30 de octubre de 2017.
Referencia: 2956-1917/17 - Designación AHUMARAN Gabriel.
VISTO el expediente Nº 2.956-1917/17 del Ministerio de Salud, por el cual se propicia la designación, a partir del 1° de agosto de 2016, de Gabriel Esteban AHUMARAN, como Director Asociado - cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor, de la Unidad de Pronta Atención (U.P.A. N° 16) del Hospital Zonal General de Agudos “Dr. Carlos A. Bocalandro” de Tres de Febrero, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención de la Salud de las Personas, y
CONSIDERANDO:
Que dicha solicitud se efectúa teniendo en cuenta que por Resolución N° 4359/15, rectificada por Resolución Nº 5411/15 y por Resolución Nº 7495/15 se creó una (1) Dirección Asociada en la Estructura Orgánica Funcional del citado establecimiento, la cual se encuentra vacante;
Que el profesional cuya designación se propicia se desempeñará efectivamente en un establecimiento hospitalario del Ministerio de Salud, y la jurisdicción citada cuenta con el cargo necesario, de acuerdo con lo previsto en el Presupuesto General Ejercicio 2017 - Ley Nº 14879;
Que las funciones de Director Asociado integran la Carrera Profesional Hospitalaria en virtud de lo dispuesto en el artículo 8º de la Ley 10471, sustituido por el artículo 1° de la Ley 10528;
Que en virtud del trámite propiciado, el profesional de referencia reserva el cargo que posee como Médico Agregado - Especialidad: Gastroenterología - treinta y seis (36) horas semanales de labor, en el Hospital Zonal General de Agudos “Dr. Carlos A. Bocalandro” de Tres de Febrero, mientras se desempeñe como Director Asociado de la Unidad de Pronta Atención (U.P.A. N° 16) del citado establecimiento, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención de la Salud de las Personas, de conformidad con lo determinado por el artículo 109 de la Ley Nº 10430 (texto ordenado por decreto N° 1869/96), reglamentada por Decreto N° 4161/96, en concordancia con el artículo 33 de la Ley N° 10471, sustituido por el artículo 1° de la Ley N° 10528;
Que han tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Administración del Capital Humano de la Subsecretaria de Capital Humano y la Dirección Provincial de Presupuesto Público del Ministerio de Economía;
Que la designación propiciada tendrá efectos a partir de fecha cierta, exceptuando la misma de lo dispuesto en el Artículo 11 del Decreto N° 272/17 E;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES,
DECRETA:
ARTÍCULO 1°. Designar en la Jurisdicción 11112 - Ministerio de Salud, a partir del 1° de agosto de 2016, de conformidad con lo establecido por el artículo 8° de la Ley N° 10471, sustituido por el artículo 1° de la Ley N° 10528, como Director Asociado - cuarenta y ocho (48) horas semanales de labor de la Unidad de Pronta Atención (U.P.A. N° 16) del Hospital Zonal General de Agudos “Dr. Carlos A. Bocalandro” de Tres de Febrero, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención de la Salud de las Personas, a Gabriel Esteban AHUMARAN (D.N.I. 23.363.123 - Clase 1973).
ARTÍCULO 2°. Reservar en la Jurisdicción 11112 - Ministerio de Salud, a partir del 1° de agosto de 2016, a Gabriel Esteban AHUMARAN (D.N.I. 23.363.123 - Clase 1973), el cargo que posee como Médico Agregado - Especialidad: Gastroenterología - treinta y seis (36) horas semanales de labor, en el Hospital Zonal General de Agudos “Dr. Carlos A. Bocalandro” de Tres de Febrero, mientras se desempeñe como Director Asociado de la Unidad de Pronta Atención (U.P.A. N° 16) del citado establecimiento, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención de la Salud de las Personas, conforme lo establecido por el artículo 109 de la Ley Nº 10430 (texto ordenado por Decreto N° 1869/96), reglamentada por Decreto N° 4161/96, en concordancia con el artículo 33 de la Ley N° 10471, sustituido por el artículo 1° de la Ley N° 10528.
ARTÍCULO 3º. El presente decreto será refrendado por el Ministro Secretario en el Departamento de Salud y por el Ministro Secretario en el Departamento de Jefatura de Gabinete de Ministros.
ARTÍCULO 4°. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.
Andrés Roberto Scarsi Federico Salvai
Ministro de Salud Ministro de Jefatura de
Gabinete de Ministros
María Eugenia Vidal
Gobernadora