DECRETO 1265/2021

LA PLATA, 27 de Diciembre de 2021

VISTO el expediente EX-2020-20086274-GDEBA-HZGADAOMSALGP del Ministerio de Salud, por el cual se gestiona la incorporación de la licenciada en Enfermería Graciela Haydee ROJAS en la Planta Permanente de la Carrera Profesional Hospitalaria - Ley Nº 10.471, de conformidad con las prescripciones de la Ley Nº 14.061, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 14.061 incorpora, con carácter de excepción y por única vez en forma automática y permanente, al régimen de la Ley N° 10.471 y sus modificatorias, prescindiendo de las normas que regulan su ingreso, a los y las profesionales con título universitario y/o terciario no universitario, que se encuentren en las condiciones exigidas por dicha normativa, y que cumplan con los requisitos establecidos en el artículo 1°, incisos a) a d);

Que por el presente se gestiona la incorporación, a partir de la fecha de notificación del presente acto administrativo, en la Planta Permanente de la Carrera Profesional Hospitalaria, como licenciada en Enfermería, de Graciela Haydee ROJAS, con un régimen de treinta y seis (36) horas semanales de labor, en el Hospital Zonal General de Agudos “Dr. Arturo Oñativia”, de Almirante Brown, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención y Cuidados Integrales en Salud;

Que, con el fin de concretar la incorporación requerida, es menester convertir el cargo del cual es titular la interesada en el régimen de la Ley N° 10.430 en un cargo de la Ley N° 10.471, de acuerdo a lo establecido por el artículo 2° de la Ley N° 14.061;

Que las modificaciones presupuestarias emergentes de la incorporación dispuesta por este acto administrativo se efectúan teniendo en cuenta la autorización conferida por la Ley N° 15.225 – Presupuesto General Ejercicio 2021;

Que han tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Personal, dependiente de la Subsecretaría de Empleo Público y Gestión de Bienes del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, y la Dirección Provincial de Presupuesto Público, dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Finanzas;

Que Asesoría General de Gobierno y Contaduría General de la Provincia han dictaminado favorablemente;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

ARTÍCULO 1º. Efectuar dentro del Presupuesto General Ejercicio 2021 – Ley N° 15.225 – Sector Público Provincial no Financiero - Administración Provincial - Administración Central, la pertinente conversión del cargo del cual es titular Graciela Haydee ROJAS (DNI N° 14.071.325 – Clase 1960), de acuerdo al detalle obrante en el Anexo Único (IF-2021-23318875-GDEBA-DPTCHMSALGP), que forma parte integrante del presente, conforme lo establecido por el artículo 2° de la Ley N° 14.061.

ARTÍCULO 2°. Incorporar en la Jurisdicción 1.1.1.12 - Ministerio de Salud, a partir de la fecha de notificación del presente, en la Planta Permanente de la Carrera Profesional Hospitalaria de la Ley Nº 10.471, como licenciada en Enfermería, a Graciela Haydee ROJAS (DNI N° 14.071.325 – Clase 1960), con un régimen de treinta y seis (36) horas semanales de labor, de conformidad con lo establecido por el artículo 25 de la Ley N° 10.471, modificado por el artículo 2° de la Ley N° 10.678, en el Hospital Zonal General de Agudos “Dr. Arturo Oñativia”, de Almirante Brown, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención y Cuidados Integrales en Salud.

ARTÍCULO 3°. Atender el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el presente, con imputación a la Jurisdicción 1.1.1.12: MINISTERIO DE SALUD - Jurisdicción Auxiliar 00 – Unidad Ejecutora: 103 - Programa: 0014 – Subprograma: 013 – Actividad: 1 - Ubicación Geográfica 28 - Finalidad 3 - Función 1 – Subfunción 0 – Fuente de Financiamiento 1.1 – Inciso 1 - Partida Principal 1 – Parcial 0 - Régimen Estatutario 09 - Personal comprendido en la Carrera Profesional Hospitalaria - Presupuesto General Ejercicio 2021 – Ley N° 15.225.

ARTÍCULO 4°. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Salud y de Jefatura de Gabinete de Ministros.

ARTÍCULO 5°. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.

Nicolás Kreplak, Ministro; Martín Insaurralde, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador.

ANEXO ÚNICO - MINISTERIO DE SALUD

                DÉBITO                                                                                                                                       CRÉDITO

JURISD. AUX.

UNIDAD

 

EJEC.

 

PROG.

SUB - PROG.

 

ACTIV.

 

F

 

F

 

SUB.F

 

F.F

 

INC.

 

P.P

 

P

 

R.E

 

U.G

 

A.O

 

N°Carg.

JURISD. AUX.

UNIDA

D EJEC.

 

PROG.

SUB -

PROG R.

 

ACTIV.

 

F

 

F

 

SUB.F

 

F.F

 

INC.

 

P.P

 

P

 

U.G

 

R.E.

 

A.O.

 

NºCarg.

00

103

0014

013

01

3

1

0

1.1

1

1

0

01

28

04

1

00

103

0014

013

01

3

1

0

1.1

1

1

0

28

09

05

1