DECRETO 262/2022

La Plata, 15 de marzo de 2022

VISTO el expediente EX-2021-13463658-GDEBA-DPTDYPHJEGP de la Junta Electoral de la Provincia de Buenos Aires, por el cual tramita la designación interina de Carlos Eugenio Alfredo CARRERAS en el cargo de Jefe del Departamento Legal y Proyectos, y

CONSIDERANDO:

Que Carlos Eugenio Alfredo CARRERAS revista en un cargo de la Planta Permanente con Estabilidad de la Ley N° 10.430, en el Agrupamiento Profesional, Abogado “A”, Categoría 19, con un régimen horario de treinta (30) horas semanales de labor, en el ámbito de la Junta Electoral de la Provincia de Buenos Aires;

Que, a través del Proceso de Selección para la cobertura del citado cargo, se establece el Orden de Mérito que ubica en primer término a Carlos Eugenio Alfredo CARRERAS;

Que, en consecuencia, se propicia la designación interina de Carlos Eugenio Alfredo CARRERAS en el cargo de Jefe del Departamento Legal y Proyectos, a partir del 1º de marzo de 2019;

Que el cargo citado surge de la estructura desagregada de la Junta Electoral, aprobada mediante Decreto Nº2565/15;

Que por Resolución Nº 8/19 la Junta Electoral de la Provincia de Buenos Aires resuelve convalidar el Proceso de Selección y propiciar la designación referenciada ante el Poder Ejecutivo;

Que el postulante percibirá las bonificaciones y los adicionales que establece el artículo 25 incisos e), g) y h) de la Ley Nº 10.430 (Texto Ordenado por Decreto Nº 1869/96) y su Decreto Reglamentario Nº 4161/96, y la bonificación especial por Responsabilidad Estructural prevista en el Decreto Nº 1553/14;

Que han tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Personal, dependiente de la Subsecretaría de Empleo Público y Gestión de Bienes del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, y la Dirección Provincial de Presupuesto Público, dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Finanzas;

Que Contaduría General de la Provincia ha dictaminado favorablemente;

Que la gestión que se promueve se efectúa de conformidad con lo previsto por los artículos 25 incisos e), g) y h) y 161 de la Ley Nº 10.430 (Texto Ordenado por Decreto Nº 1869/96) y su reglamentación aprobada por Decreto Nº 4161/96, y Decreto Nº 1553/14;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

ARTÍCULO 1º. Designar en la Jurisdicción 1.1.1.04, Junta Electoral de la Provincia de Buenos Aires, Secretaría de Actuación - Dirección General Electoral – Dirección de Asesoramiento Legal, Estudios y Proyectos – Subdirección de Asesoramiento Legal, Estudios y Proyectos, a partir del 1º de marzo de 2019, en el Agrupamiento Personal Jerárquico, Oficial Principal 4º, Categoría 21, con un régimen de treinta (30) horas semanales de labor, al abogado Carlos Eugenio Alfredo CARRERAS (DNI Nº 13.025.877 - Clase 1957), en el cargo interino de Jefe del Departamento Legal y Proyectos, quien revista en un cargo de la Planta Permanente con Estabilidad de la Ley N° 10.430, en el Agrupamiento Personal Profesional, Abogado “A”, Categoría 19, con un régimen de treinta (30) horas semanales de labor, en los términos del artículo 161 de la Ley Nº 10.430 (Texto Ordenado por Decreto Nº 1869/96) y su Decreto Reglamentario Nº 4161/96.

ARTÍCULO 2º. Otorgar en la Jurisdicción 1.1.1.04, Junta Electoral de la Provincia de Buenos Aires, a partir del 1º de marzo de 2019, a favor de Carlos Eugenio Alfredo CARRERAS (DNI Nº 13.025.877 - Clase 1957), las bonificaciones que establece el artículo 25 incisos e), g) y h) de la Ley Nº 10.430 (Texto Ordenado por Decreto Nº 1869/96) y su Decreto Reglamentario Nº 4161/96, y la bonificación especial por responsabilidad estructural prevista en el Decreto Nº 1553/14.

ARTÍCULO 3º. Determinar que el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2º será atendido con cargo al presupuesto vigente en el Inciso Gastos en Personal de la Jurisdicción Junta Electoral de la Provincia.

ARTÍCULO 4º. El presente decreto será refrendado por el Ministro Secretario en el Departamento de Jefatura de Gabinete de Ministros.

ARTÍCULO 5º. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINDMA. Cumplido, archivar.                   

Martín Insaurralde                                                           Axel Kicillof

Ministro de Jefatura de Gabinete de Ministros                GOBERNADOR