DEPARTAMENTO DE GOBIERNO
DECRETO 1.993
VISTO
CONSIDERANDO:
Que mediante la citada norma se condonó la deuda en concepto de canon por
precio de venta de la tierra, intereses y todo otro recargo, establecido por
Que de los fundamentos de la ley referida, se infiere que los pagos
establecidos en los artículos 6° y 7° de
Que asimismo, las acciones destinadas a conminar el pago se hayan en su mayoría
prescriptas; sin embargo no se han concretado las subdivisiones ordenadas por
la ley, que a la fecha, se hayan modificadas respecto de la ocupación
originaria;
Que por el artículo 2° de
Que asimismo, debe tenerse en cuenta el agravamiento de la situación muy
especialmente a partir del año 1995, fecha en que se decretó la emergencia
habitacional para toda
Que en oportunidad de
Que
Que en consecuencia, y a fin de resolver la situación de los beneficiarios,
sujetos a un largo proceso de informalidad urbana y dominial de hábitat
consolidado, corresponde el dictado del pertinente acto administrativo que
establezca un valor de venta de la tierra, de carácter simbólico, en orden a
las finalidades que prevé la normativa, y el cual deberá ser asumido por los
beneficiarios adjudicatarios;
Que
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el
artículo 144, Proemio, de
Por ello,
EL GOBERNADOR DE
ARTICULO 1°:
Establecer un valor de venta de la tierra a la fecha de su adjudicación, que
asciende a la suma simbólica de pesos diez ($ 10,00), el cual deberá ser
asumido por los beneficiarios adjudicatarios, por los motivos expuestos en los considerandos del presente.
ARTICULO 2°: El presente Decreto será refrendado por los Ministros Secretario
en los Departamentos de Gobierno y Infraestructura,
Vivienda y Servicios Públicos.
ARTICULO 3°: Registrar, comunicar, publicar, pasar al Ministerio de
Infraestructura, Vivienda y Servicios Públicos, dar al Boletín Oficial y al SINBA.
Cumplido, archivar.
Florencio A. Randazzo
Felipe Solá
Ministro de Gobierno
Gobernador
Eduardo Sicaro
Ministro de Infraestructura,
Vivienda y Servicios Públicos