Fundamentos de la Ley 13070

 

 

Tengo el honor dé dirigirme a Vuestra Honorabilidad con el objeto de someter a su consideración el adjunto proyecto de ley para su sanción, mediante el cual se propicia autorizar al Poder Ejecutivo a adherir al Programa de Unificación Monetaria establecido por el Decreto del Poder Ejecutivo nacional Nro. 743/2003. Dicha adhesión deberá concretarse a través de un convenio, por el cual la Provincia encomendará al Estado nacional el rescate, a su valor nominal, de las Letras de Tesorería para Cancelación de Obligaciones denominadas "Patacón 2", cuya emisión se realizó en función de la Ley provincial 12.774, sus modificatorias y complementarias.

En ese marco, la Provincia se comprometerá -sujeto al efectivo reemplazo por parte del Estado nacional de los Patacones 2 por pesos- a:

 

a)                  No efectuar nuevas emisiones de Patacones 2.

 

b)                  Suspender los pagos en Patacones 2.

 

c)                  Coordinar con el Estado nacional la inutilización de los Patacones 2 rescatados.

 

d)                  Asumir con el Estado nacional la deuda resultante del reemplazo de los Patacones 2 por pesos a ser entregados por el Banco Central de la República Argentina en pago por la colocación de Bonos del Gobierno Nacional en pesos 2% 2011, de acuerdo con lo establecido por el Decreto Nacional Nro. 743/2003, según fuera modificado por la Ley Nacional 25.736.

 

e)                  Afectar al pago de dicha deuda los recursos que le corresponden a la provincia de Buenos Aires en función de Régimen de Coparticipación Federal de Impuestos.

 

f)                    Derogar el poder cancelatorio de los Patacones 2 para el pago de obligaciones de la Provincia.

 

Esta derogación del poder cancelatorio no se producirá antes de que la Provincia ofrezca el rescate a valor nominal de la totalidad de los Patacones 2 en circulación. La premisa a partir de la cual la Provincia adheriría al Programa sería el respeto pleno de los derechos de los tenedores de Patacones, de modo que su situación sea igual o mejor que la de los tenedores de pesos. En efecto, en el marco del Programa, los tenedores de Patacones deberán establecer si su tenencia es en función de usarlos como medio de pago -en cuyo caso los cambiarán por pesos o lo utilizarán para pagar impuestos provinciales ó nacionales, en ambos casos sobre la base de su valor nominal- o como instrumento financiero, en cuyo caso podrán conservarlo y canjearlo por el 135% de su valor nominal en noviembre de 2006. Los tenedores de pesos, en cambio, no cuentan con esta segunda opción.

El programa de Unificación Monetaria forma parte de las políticas definidas por el Gobierno nacional, a partir de la visualización de la necesidad de que, como parte de la normalización del país luego de la crisis en cuyo marco se emitieron los Patacones se hace necesario unificar los medios de pago y restablecer el monopolio de su emisión por parte del Banco Central de la República Argentina. Dichas políticas cuentan con el apoyo de los organismos internacionales de crédito, cuya asistencia está gestionando el Gobierno nacional como parte de ese mismo proceso de normalización.

Es de destacar que este Programa ya estaba previsto en la Ley nacional 25.561 (de Emergencia Pública, y de Reforma del Régimen Cambiario) que estableció en su artículo 12: "Dentro del plazo y en la forma que oportunamente establezca la reglamentación el Poder Ejecutivo nacional dispondrá los recaudos necesarios para proceder al canje de los títulos nacionales y provinciales que hubiesen sido emitidos como sustitutos de la moneda nacional del curso legal en todo el territorio del país, previo acuerdo con todas las jurisdicciones provinciales".

El Decreto nacional Nro. 743/2003 requiere de las provincias adherentes que emitan un título provincial escritural sustitutivo de los títulos actualmente en circulación. En el presente proyecto de ley se prevé la autorización al Poder Ejecutivo que permita realizar esta sustitución, a los efectos de que cumpla con todos los requisitos establecidos por el Gobierno nacional para la adhesión. Esto sin perjuicio de que es probable que dicho título escritural, en el caso de nuestra Provincia, no tenga demanda significativa, habida cuenta que quienes utilizan al Patacón 2 como medio de pago -aparentemente, la gran mayoría-, tenderán a canjear sus tenencias por pesos, mientras que quien lo posea en función de su rendimiento financiero no estará obligado a canjearlo por título alguno, sino que podrá esperar a cobrarlo a su vencimiento.