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Fundamentos de |
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El
proyecto en tratamiento ya había sido aprobado por esta Honorable Cámara en
el mes de diciembre del año 2002. Lamentablemente ha transcurrido el tiempo
previsto por la normativa vigente sin que el mismo haya llegado a ser tratado
por Convencido
de la plena vigencia del mismo y de la necesidad de que El
proyecto refiere a la firma del convenio Nro. 46/99
entre La razón para impulsar tal medida se fundamentó en las excesivas precipitaciones caídas en los partidos de General Villegas, Florentino Ameghino, General Pinto, Hipólito Irigoyen, Bolívar y Daireaux durante el periodo 1998-1999, teniendo la característica de reembolsables para crear un fondo rotativo destinado a otros distritos que eventualmente sufrieran circunstancias similares en un futuro. Ahora bien como las inundaciones, no solo dejaron daños imposibles de recuperar en el corto plazo, sino también que se continuaron repitiendo hasta nuestros días, agravadas por el ingreso de importantes masas de agua de provincias vecinas, se hace imposible el reembolso enunciado por el convenio referido. A lo señalado en el párrafo anterior, hay que agregar la presente crisis económica en que se encuentra, también, inmersos estos municipios, con la imposibilidad de cerrar sus números como consecuencia de la sumatoria de factores ampliamente conocidos por todos: inundaciones constantes, caída de recaudaciones, aumento en las prestaciones por reparación de caminos rurales, aumento de costos (gasoil, repuestos de maquinarias importadas, etc.) Es importante destacar que la presente iniciativa cuenta con la expresa adhesión de los concejos deliberantes de los municipios mencionados. En virtud de lo antedicho considero imprescindible la aprobación del presente proyecto de ley, para salvaguardar la integridad económica de estos municipios e invito a los señores senadores a refrendar con su voto afirmativo el mismo. |