Fundamentos de la Ley 13159

 

 

 

            El partido de Merlo tiene en la actualidad una población aproximada a los 500.000 habitantes, lo que de por sí denota la existencia de un gran conglomerado humano, el que por otra parte, se encuentra en constante y vertiginoso crecimiento.

            Tal circunstancia conlleva la imperiosa necesidad de ampliar los lugares destinados a los fines recreativos, sobre todo los de libre acceso, ya que sobradas causas de interés social exigen la apertura de lugares públicos de esparcimiento.

            Como antecedente de esta iniciativa, cabe mencionar, que con anterioridad se presentó en la H. Cámara de Diputados un proyecto con la firma del diputado Antanucci, Expte. D-306/99-00, que fue aprobado por la referida Cámara el 20/12/00, habiendo ingresado a este H. Senado el 7/02/01, sino que se haya cumplimentado el trámite legislativo, por lo que vencidos los plazos se vuelve a ingresar a esta Cámara, a fin de viabilizar esta expropiación, que redundará en beneficio de un importante sector de la comunidad de Merlo.

            En función de lo expuesto y en la convicción de que el proyecto de ley que se auspicia, viene a satisfacer necesidades generales y de imprescindible utilidad pública, se requiere la aprobación de la Honorable Legislatura de la provincia de Buenos Aires.