LEY 13855

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTICULO 1.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble ubicado en el Partido de General Pueyrredón, designado catastralmente como: Circunscripción I, Sección E, Manzana 114 a, Parcela 16; inscripto su dominio en la Matrícula 117.704 a nombre de Lefay Simonotti, Esther René Delicia y Parcela 17, inscripto su dominio en la Matrícula 117.703 a nombre de Lefay Simonotti, Esther Delicia y quien o quienes resulten ser sus legítimos propietarios.


ARTICULO 2.- El inmueble expropiado será transferido a la Dirección General de Cultura y Educación de la Provincia de Buenos Aires, con destino a la sede del Centro de Formación Laboral N° 1, dependiente de la Dirección de Educación Especial de la Provincia de Buenos Aires en la localidad de Mar del Plata, Partido de General Pueyrredón.


ARTICULO 3.- Autorízase al Poder Ejecutivo a efectuar en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos para el ejercicio vigente, las adecuaciones presupuestarias necesarias para el cumplimiento de la presente Ley.


ARTICULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.