LEY 3218

 

Donación de terrenos a la Universidad Na­cional de La Plata, para Escuela Gradua­da, Colegio Secundario de Señoritas y Pedagogía y al Gobierno de la Nación para la Escuela del Centenario.

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS, ETC.

 

ARTÍCULO 1.- Autorízase al Poder Ejecutivo, pa­ra donar a la Universidad Nacional de La Plata y al Excmo. Gobierno de la Nación respectivamente, hasta diez mil seiscientos metros cuadrados a la primera y hasta die­ciséis mil doscientos metros cuadrados al segundo, de tierra fiscal, ubicada en la ciudad de La Plata, entre las calles 1, 116, 50, 52, con destino, la primera, a la construcción de un edificio para Escuela Graduada, Colegio Secundario de Señoritas y Sección Pedagógi­ca, y la segunda para la construcción del edificio destinado a “Escuela del Centenario” autorizada por Ley del Congreso de la Nación.

 

ARTÍCULO 2.- El Poder Ejecutivo establecerá las condiciones que crea conveniente, en las do­naciones que autoriza la presente.

 

ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.