LEY 5591
Construcción de un puente en el camino Chivilcoy - Veinticinco de Mayo, en su cruce con la Ruta 5.
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS
AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1.- Apruébase el Decreto del Poder Ejecutivo número 7015 dictado el 13 de Abril de 1950, en el expediente letra C, número 1741 de 1949, del Ministerio de Obras Públicas, por el que se amplía el contrato celebrado con la Empresa Bronzina y Petroni S.R.L., para la construcción de un puente de hormigón armado en el camino de Chivilcoy a Veinticinco de Mayo, en su cruce con la Ruta Nº 5.
ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.