LEY 7163
Se restablece la vigencia de la Ley 6432.
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1.- Restablécese la vigencia de la Ley 6432, por la que se declara de utilidad pública y sujeta a expropiación una fracción de campo ubicada en el Cuartel 3º de General Pinto, que forma parte de la designación como: circunscripción IX, parcela 763, polígono V, con una superficie de 150 hectáreas, lindando: al S. O. lote 4 y parte del 5, al N. E. calle en medio, ejido de General Pinto, al N. O. y S. E. con más campo de su misma fracción, con destino a aeródromo provincial.
ARTÍCULO 2.- La inversión que demande la presente se imputará al Anexo III, Grupo 1º a), Ítem 16, Finalidad 5, Función 11, Programa 4, Objeto 2, Unidad de Inversión Principal 1, Parcial 3, del Presupueste de Capital 1965.
ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.