DECRETO 2225/2024

LA PLATA, 11 de Octubre de 2024

VISTO el expediente EX-2023-43808210-GDEBA-HZGMLVMSALGP del Ministerio de Salud, mediante el cual tramita la designación de Vanesa Edith OVEJERO en el Hospital Zonal General "Mariano y Luciano de la Vega" de Moreno, y

CONSIDERANDO:

Que atento lo establecido por Resolución Nº 3491/21 del Ministerio de Salud, su modificatoria y la Disposición Nº 248/21 y su rectificatoria N° 250/21, ambas de la Dirección Delegada de la Dirección Provincial de Personal ante el mencionado Ministerio, se formuló un llamado a concurso abierto de ingreso al escalafón de la Carrera Profesional Hospitalaria, de acuerdo con lo determinado en los artículos 5º y 21 inciso b) de la Ley Nº 10.471 y sus modificatorias, reglamentada por Decreto Nº 1192/91 y su ampliatorio Decreto Nº 1719/91 para cubrir, entre otros, diez (10) cargos de Médico/a – Especialidad: Clínica Médica, en el grado de Asistente, con un régimen de treinta y seis (36) horas semanales guardia en el Hospital Zonal General "Mariano y Luciano de la Vega" de Moreno;

Que conforme el Acta labrada por el jurado constituido a tales efectos, se seleccionó a Vanesa Edith OVEJERO para cubrir uno de los cargos de la Planta Permanente de la Ley N° 10.471 y sus modificatorias detallado en el párrafo que antecede;

Que, en consecuencia, se propicia la designación de la citada agente, a partir de la fecha de notificación del presente acto administrativo, quien reúne los recaudos legales, condiciones y aptitudes necesarios para desempeñar dicha función, por haber obtenido el puntaje necesario;

Que, a fin de obtener la vacante respectiva, se propicia limitar por el presente, a partir de la fecha de notificación, la designación con carácter interino de Fabián Alberto CASTRO BARROS, en idénticos cargo, lugar de prestación de servicios y régimen horario, oportunamente formalizada mediante Resolución Nº 2748/14 del Ministerio de Salud;

Que la agente cuya designación se propicia se desempeñará efectivamente en un establecimiento hospitalario del Ministerio de Salud, y dicha jurisdicción cuenta con el cargo necesario, de acuerdo con lo previsto en el Presupuesto General Ejercicio 2023 – Ley Nº 15.394, prorrogado para el Ejercicio 2024 por Decreto Nº 12/24;

Que resulta procedente otorgarle a Vanesa Edith OVEJERO una bonificación remunerativa no bonificable por desfavorabilidad, equivalente al quince por ciento (15%) del sueldo básico del cargo en el que se la designa, en virtud de las condiciones geográficas y sociolaborales en las que se desarrollan las actividades en el Hospital Zonal General "Mariano y Luciano de la Vega" de Moreno, de acuerdo con lo normado por el Decreto Nº 162/13;

Que, asimismo, es procedente dejar establecido que la Dirección Provincial de Hospitales en su rol de Autoridad de Aplicación a los fines previstos en el artículo 3° del Decreto-Ley N° 8078/73, texto según Ley N° 13.644, ha hecho lugar a la solicitud de excepción de incompatibilidad realizada por la citada profesional con relación al cargo que posee en la Municipalidad de Moreno, a partir de la fecha de notificación del presente;

Que Vanesa Edith OVEJERO se encuentra alcanzada por los términos del Decreto N° 598/15, modificado por Decreto N° 1554/22, por el cual se declaró el desgaste laboral o agotamiento prematuro para el personal que presta servicios en los establecimientos asistenciales dependientes del Ministerio de Salud;

Que han tomado intervención la Dirección Provincial de Personal, dependiente de la Subsecretaría de Gestión y Empleo Público, la Dirección Provincial de Asuntos Técnicos y Asesoramiento, dependiente de la Subsecretaría Legal y Técnica, ambas de la Secretaría General, y la Dirección Provincial de Presupuesto Público, dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Economía;

Que la gestión promovida se efectúa en el marco de lo establecido por los artículos 5º, 7º inciso 1) ,21 inciso b), 26 y 50 de la Ley Nº 10.471 y sus modificatorias, reglamentada por Decreto Nº 1192/91 y su ampliatorio Decreto Nº 1719/91;

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

ARTÍCULO 1°. Limitar en la Jurisdicción 1.1.1.12 - Ministerio de Salud, a partir de la fecha de notificación del presente, la designación de Fabián Alberto CASTRO BARROS (DNI N° 32.465.660 – Clase 1986), como Médico – Especialidad: Clínica Médica, en el grado de Asistente, con carácter Interino, con un régimen horario de treinta y seis (36) horas semanales guardia en el Hospital Zonal General "Mariano y Luciano de la Vega" de Moreno, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales formalizada por Resolución Nº 2748/14 del Ministerio de Salud, de conformidad con lo establecido en el artículo 50 de la Ley Nº 10.471 y sus modificatorias.

ARTÍCULO 2°. Designar en la Jurisdicción 1.1.1.12 - Ministerio de Salud, a partir de la fecha de notificación del presente, en un cargo de la Planta Permanente con Estabilidad de la Ley N° 10.471, a Vanesa Edith OVEJERO (DNI N° 26.466.161 – Clase 1978), como Médica – Especialidad: Clínica Médica, en el grado de Asistente, con un régimen de treinta y seis (36) horas semanales guardia en el Hospital Zonal General "Mariano y Luciano de la Vega" de Moreno, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención de la Salud y Articulación Territorial, conforme Concurso Abierto de Méritos, Antecedentes y Evaluación, en los términos de lo establecido en los artículos 5º, 7° inciso 1), 21 inciso b) y 26 de la Ley Nº 10.471 y sus modificatorias, reglamentada por Decreto Nº 1192/91 y su ampliatorio Decreto Nº 1719/91.

ARTÍCULO 3°. Otorgar, a partir de la fecha de notificación del presente, la bonificación remunerativa no bonificable por desfavorabilidad, equivalente al quince por ciento (15%) del sueldo básico del cargo en el que es designada la profesional que se menciona en el artículo precedente, en virtud de las condiciones geográficas y sociolaborales en las que desarrollan las actividades en el establecimiento en el que se desempeñará, de acuerdo con lo normado por el Decreto Nº 162/13.

ARTÍCULO 4°. Dejar establecido que la Dirección Provincial de Hospitales, en su rol de Autoridad de Aplicación a los fines previstos en el artículo 3° del Decreto-Ley N° 8078/73, texto según Ley N° 13.644, ha hecho lugar a la solicitud de excepción de incompatibilidad efectuada por Vanesa Edith OVEJERO (DNI N° 26.466.161 – Clase 1978), con relación al cargo que posee en la Municipalidad de Moreno, a partir de la fecha de notificación del presente.

ARTÍCULO 5°. Disponer que deberán extremarse los recaudos pertinentes a través de la autoridad hospitalaria correspondiente, a fin de no concretar la toma de posesión en el cargo de la profesional citada en el artículo precedente, hasta tanto acredite su cese en la Beca Programa de Contingencias que ostenta, en un plazo máximo de treinta (30) días, contados desde la notificación de su designación.

ARTÍCULO 6°. Atender el gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto por el presente con imputación a la Jurisdicción 1.1.1.12: MINISTERIO DE SALUD - Jurisdicción Auxiliar 00 – Unidad Ejecutora: 103 - Programa: 15 – Subprograma: 6 – Actividad: 1 – Ubicación Geográfica: 560 - Finalidad 3 – Función 1 – Subfunción 0 - Fuente de Financiamiento 1.1 - Inciso 1 - Partida Principal 1 – Parcial 0 - Régimen Estatutario 09 - Personal comprendido en la Carrera Profesional Hospitalaria - Presupuesto General Ejercicio 2023 – Ley Nº 15.394, prorrogado para el Ejercicio 2024 por Decreto Nº 12/24.

ARTÍCULO 7°. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Salud, de Economía y de Gobierno.

ARTÍCULO 8°. Registrar, notificar, comunicar y dar al SINDMA. Cumplido, archivar.

 

Nicolas Kreplak, Ministro; Pablo Julio López, Ministro; Carlos Alberto Bianco, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador.