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Fundamentos de la Ley 14180
El presente proyecto de ley tiene por finalidad plasmar en el texto de la Ley Orgánica de las Municipalidades una práctica aceptada en el ámbito municipal pero que no está reglamentada. Nos referimos a la apertura de las sesiones ordinarias del concejo deliberante por parte del Sr. intendente municipal. La Ley Orgánica de las Municipalidades no prevé tal supuesto a pesar que en todos los municipios acontece el intendente inaugura el período de sesiones ordinarias. La Constitución Nacional, en su Art. 99 Inc. 8 prevé que el presidente de la Nación inaugure anualmente las sesiones del congreso nacional. Dice ese artículo en su parte pertinente:
Inc. 8.- Hace anualmente la apertura de las sesiones del Congreso, reunida al efecto ambas cámaras, dando cuenta en esta ocasión del estado de la Nación, de las reformas prometidas por la Constitución, y recomendando a su consideración las medidas que juzgue necesarias y convenientes.
A su vez la Constitución Provincial, en su Art. 144 Inc. 6 dice:
Artículo 144.- El gobernador es el jefe de la Administración de la Provincia, y tiene las siguientes atribuciones: Inc. 6.- A la apertura de la Legislatura la informará del estado general de la Administración.
En cambio, la Ley Orgánica de las Municipalidades no tiene una disposición similar. Por ello decimos que este proyecto no pretende regular una nueva situación, sino dar forma jurídica a una práctica institucional corriente. En cuanto a la ubicación en el texto de la norma, al igual que la Constitución Nacional y la Constitución Provincial optamos por incluir disposición en el artículo 108 relativo a los deberes y atribuciones del intendente. A su vez, para no producir un innecesario corrimiento general de los incisos, se modifican los últimos del art. 108. La otra opción era incluir esta disposición en el Art. 68 Inc. 2, o en alguno de los artículos comprendidos entre el 69 y el 82, pero se optó por una ordenación similar a la Constitución Nacional y la Constitución Provincial y enmarcarlos dentro de las atribuciones del intendente. Por las razones expuestas solicito se acompañe con el voto favorable el presente proyecto de ley.
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