LEY 5182

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTÍCULO 1.- Ratifícanse los siguientes decretos dictados por el Poder Ejecutivo, ad referéndum de la Honorable Legislatura, relacionados con el cumplimiento de la leyes 4530 (modificada por la número 5119); 5117; 5122; 5124 y 5126, a saber:

 

Decreto número 23446 del 1° de abril de 1947.

Decreto número 24433 del 17 de abril de 1947.

Decreto número 25527 del 26 de abril de 1947.

Decreto número 25644 del 30 de abril de 1947.

Decreto número 29567 del 14 de junio de 1947.

 

ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.