LEY 4593
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS
DE LA PROVINCIA DE
BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1.- Autorízase a la Municipalidad de
General Pinto a donar al Gobierno de la Provincia, con destino a la construcción del
edificio de la Subcomisaría del pueblo de Ameghino, una
fracción de tierra de su propiedad, designada en el plano de subdivisión de
dicho pueblo con el número 4 de la manzana J, que mide cuarenta metros (40 metros), de frente por sesenta
metros (60 metros) de fondo o sea una superficie
total de dos mil cuatrocientos metros cuadrados (2.400 metros cuadrados) y cuyos
linderos son: al Norte con el solar 1 de la manzana de su ubicación; al Este
con más terreno del mismo solar 4; al Sud la plaza y al Oeste el solar 3 de la
manzana K, calle por medio en los dos últimos rumbos, todo de conformidad con
la Ordenanza Municipal de fecha 15 de abril del año 1937.
ARTÍCULO 2.- Esta donación quedará sin efecto, si
transcurridos 5 años, el Gobierno de la Provincia no hubiere construido el edificio que
se menciona.
ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.