LEY 4593

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES SANCIONAN CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTÍCULO 1.- Autorízase a la Municipalidad de General Pinto a donar al Gobierno de la Provincia, con destino a la construcción del edificio de la Subcomisaría del pueblo de Ameghino, una fracción de tierra de su propiedad, designada en el plano de subdivisión de dicho pueblo con el número 4 de la manzana J, que mide cuarenta metros (40 metros), de frente por sesenta metros (60 metros) de fondo o sea una superficie total de dos mil cuatrocientos metros cuadrados (2.400 metros cuadrados) y cuyos linderos son: al Norte con el solar 1 de la manzana de su ubicación; al Este con más terreno del mismo solar 4; al Sud la plaza y al Oeste el solar 3 de la manzana K, calle por medio en los dos últimos rumbos, todo de conformidad con la Ordenanza Municipal de fecha 15 de abril del año 1937.

 

ARTÍCULO 2.- Esta donación quedará sin efecto, si transcurridos 5 años, el Gobierno de la Provincia no hubiere construido el edificio que se menciona.

 

ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.