Fundamentos de la

Ley 14532

 

            Es obligación del Estado provincial garantizar los medios y herramientas adecuadas para optimizar la salud de las niñas, los niños y los adolescentes. Toda acción destinada a mejorar la calidad de vida de nuestros menores esta encuadrada dentro de nuestras leyes fundamentales.

            Lo que se pretende a través de esta iniciativa es posibilitar en los menores de 6 a 18 años de edad el adecuado control y cuidado de la salud.

            Para esto se realizará una anamnesia familiar exhaustiva y un examen físico completo que incluya antropometría, examen cardiovascular, del aparato respiratorio, osteomioarticular, del abdomen, el sistema nervioso y genitourinario.

            En cuanto al control bucal, esto nos permitirá que en niños que concurren por primera vez a un control odontológico detectar problemas articulares, articulación temporomandibular que sin un tratamiento adecuado traerá importantes problemas asociados a futuro.

            A través del presente proyecto se pretende que los menores de 6 a 18 años de edad que desarrollen actividades deportivas o recreativas se los someta a un control médico previo al desarrollo de actividades deportivas.

            En nuestra provincia con los Juegos Buenos Aires, en los que se estima que concurrirán alrededor de 25.000 participantes en la instancia final, nos da una medida de la gran cantidad de menores que intervienen en toda la Provincia.

            Mas allá de ser una competencia, en la cual ya intervienen jóvenes deportistas de primer nivel, también lo hacen otros chicos por la simple cuestión de participar y representar a su localidad.

            Es lo que conocemos como el deporte social y donde muchos chicos, con la implementación de la Libreta Deportiva de Prevención y Salud, podrán acceder a los distintos controles médicos que contribuirán a una mejora en su estándar de vida y podremos detectar cualquier tipo de anomalías en su salud.

            Se tomó como antecedente para el presente proyecto el Decreto-Ley 10.108/83 (Libreta Sanitaria Materno Infantil).

            En virtud de los fundamentos expuestos solicito a las señoras y señores legisladores que acompañen con su voto afirmativo el presente proyecto de ley.