LEY 14193

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY

ARTÍCULO 1°: Otórgase a favor del Club Atlético Aldosivi de Mar del Plata, por el termino de treinta (30) años, contados a partir del 30 de marzo de 2010, en “Concesión de Uso Gratuito” el lote de terreno en jurisdicción del Consorcio Portuario Regional de Mar del Plata, creado por Decreto N° 3572/99, y Decreto reglamentario 937/01 ubicado al límite sur del puerto de Mar del Plata, lindante al complejo de Punta Mogotes y con frente a la Avenida de los Trabajadores (ex Martínez de Hoz) N° 1800 de 70.000 metros cuadrados, nomenclatura catastral parcela 1-f.

ARTÍCULO 2°: La fracción de tierra otorgada por el artículo anterior, será destinada a la construcción de un estadio deportivo para la práctica de fútbol, y actividades deportivas, sociales y culturales conexas, según proyecto que deberá ser aprobado por la Autoridad de Aplicación.

ARTÍCULO 3°: A los fines indicados en los artículos anteriores, la Autoridad de Aplicación, suscribirá el correspondiente convenio donde se dejarán establecidas las condiciones de ocupación, así como también las obligaciones que estarán a cargo de la beneficiaria del título.

ARTÍCULO 4°: Comuníquese al Poder Ejecutivo.

Dada en la Sala de Sesiones de la Honorable Legislatura de la Provincia de Buenos Aires, en la ciudad de La Plata, a los cuatro días del mes de noviembre del año dos mil diez.