DECRETO 251/2024

LA PLATA, 18 de Marzo de 2024

VISTO el expediente EX-2022-15160925-GDEBA-HZGAVCMSALGP del Ministerio de Salud, por el cual tramita la designación de María Laura GALLO en el Hospital Zonal General de Agudos “Virgen del Carmen” de Zárate, y

CONSIDERANDO:

Que atento lo establecido por la Resolución N° 3491/21 y modificatoria del Ministerio de Salud y las Disposiciones N° 248/21 y Nº 250/21 de la Dirección Delegada de la Dirección Provincial de Personal ante el referido Ministerio, se formuló un llamado a concurso abierto de ingreso al escalafón de la Carrera Profesional Hospitalaria, de acuerdo con lo determinado en los artículos 5º y 21 inciso b) de la Ley Nº 10.471 y modificatorias, reglamentado por Decreto Nº 1192/91 y su ampliatorio Decreto Nº 1719/91, para cubrir, entre otros, diez (10) cargos de Médico/a - Especialidad: Clínica Médica, en grado de Asistente y con un régimen horario de treinta y seis (36) horas semanales guardia en el Hospital Zonal General de Agudos “Virgen del Carmen” de Zárate;

Que conforme Acta labrada por el jurado constituido a tales efectos, se seleccionó a María Laura GALLO en el orden de mérito definitivo para cubrir uno de los cargos de la Planta Permanente de la Ley N° 10.471 y modificatorias detallado en el párrafo que antecede;

Que, en consecuencia, se propicia la designación de la citada agente, a partir del 29 de noviembre de 2021, quien reúne los recaudos legales, condiciones y aptitudes necesarios para desempeñar dicha función, por haber obtenido el puntaje necesario;

Que, a fin de obtener la vacante respectiva, se propicia limitar, a partir del 29 de noviembre de 2021, la designación con carácter interino de María Laura GALLO, en idéntico cargo, lugar de prestación de servicios y régimen horario, oportunamente formalizada mediante Resolución N° 3938/21 del entonces Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros;

Que la agente cuya designación se propicia se desempeña efectivamente en un establecimiento hospitalario del Ministerio de Salud, y dicha jurisdicción cuenta con el cargo necesario, de acuerdo con lo previsto en el Presupuesto General Ejercicio 2023 – Ley N° 15.394, prorrogado para el Ejercicio 2024 mediante Decreto N° 12/24;

Que, asimismo, la postulante se encuentra alcanzada por los términos del Decreto N° 598/15, modificado por Decreto N° 1554/22, por el cual se declaró el desgaste laboral o agotamiento prematuro para el personal que presta servicios en los establecimientos asistenciales dependientes del Ministerio de Salud;

Que, finalmente, corresponde dejar establecido que la Dirección Provincial de Hospitales, en su rol de Autoridad de Aplicación a los fines previstos en el artículo 3° del Decreto-Ley N° 8078/73, ha hecho lugar a la solicitud de excepción de incompatibilidad realizada por la Dra. María Laura GALLO con relación al cargo que posee en el Hospital Municipal “San José” de Campana, a partir del 29 de noviembre de 2021;

Que han tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Personal dependiente de la Subsecretaría de Gestión y Empleo Público, la Dirección Provincial de Asuntos Jurídicos, dependiente de la Subsecretaría Legal y Técnica, ambas de la Secretaría General y la Dirección Provincial de Presupuesto Público dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Economía;

Que la gestión que se promueve se exceptúa de lo dispuesto en el primer párrafo del artículo 11 del Decreto N° 272/17 E y modificatorios, y se impulsa conforme los términos de los artículos 5°, 7° inciso 1), 21 inciso b), 26 y 50 de la Ley N° 10.471 y modificatorias, reglamentada por Decreto Nº 1192/91 y su ampliatorio Decreto Nº 1719/91;

Que, asimismo, la medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA

ARTÍCULO 1°. Limitar, en la Jurisdicción 1.1.1.12 – MINISTERIO DE SALUD, a partir del 29 de noviembre de 2021, la designación de María Laura GALLO (DNI Nº 25.176.762 – Clase 1976), como Médica – Especialidad: Clínica Médica, en grado de Asistente, con carácter interino y un horario de treinta y seis (36) horas semanales guardia en el Hospital Zonal General de Agudos “Virgen del Carmen” de Zárate, dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención de la Salud y Articulación Territorial, quien fuera oportunamente designada mediante Resolución N° 3938/21 del entonces Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, de conformidad con lo establecido en el artículo 50 de la Ley N° 10.471 y modificatorias.

ARTÍCULO 2°. Designar, en la Jurisdicción 1.1.1.12 – MINISTERIO DE SALUD, a partir 29 de noviembre de 2021, en un cargo de la Planta Permanente con Estabilidad de la Ley N° 10.471, a María Laura GALLO (DNI Nº 25.176.762 - Clase 1976) como Médica – Especialidad: Clínica Médica, en grado de Asistente y con un régimen de treinta y seis (36) horas semanales guardia, en el Hospital Zonal General de Agudos “Virgen del Carmen” de Zárate dependiente de la Dirección Provincial de Hospitales de la Subsecretaría de Atención de la Salud y Articulación Territorial, conforme Concurso Abierto de Méritos, Antecedentes y Evaluación, en los términos de lo establecido en los artículos 5°, 7° inciso 1), 21 inciso b) y 26 de la Ley N° 10.471 y modificatorias, exceptuando la medida de lo dispuesto por el primer párrafo del artículo 11 del Decreto N° 272/17E y modificatorios.

ARTÍCULO 3°. Dejar establecido que la Dirección Provincial de Hospitales, en su rol de Autoridad de Aplicación, a los fines previstos en el artículo 3° del Decreto-Ley N° 8078/73, ha hecho lugar a la solicitud de excepción de incompatibilidad efectuada por María Laura GALLO (DNI Nº 25.176.762 - Clase 1976) con relación al cargo que posee en el Hospital Municipal “San José” de Campana, a partir del 29 de noviembre de 2021.

ARTÍCULO 4°. El gasto que demanda el cumplimiento del presente será atendido con cargo a la prórroga del Presupuesto General Ejercicio 2023 - Ley N° 15.394, aprobada por Decreto N° 12/2024, de acuerdo al siguiente detalle: Jurisdicción 1.1.1.12 - MINISTERIO DE SALUD – Jurisdicción Auxiliar 00 – Unidad Ejecutora: 103 - Programa: 13 – Subprograma: 9 – Actividad: 1 – Ubicación Geográfica: 882 - Finalidad 3 – Función 1 – Subfunción 0 - Fuente de Financiamiento 1.1 - Inciso 1 - Partida Principal 1 – Parcial 0 - Régimen Estatutario 09 - Personal comprendido en la Carrera Profesional Hospitalaria.

ARTÍCULO 5°. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Salud, Economía y Gobierno.

ARTÍCULO 6°. Registrar, comunicar y dar al SINDMA. Cumplido, archivar.

Nicolas Kreplak, Ministro; Pablo Julio López, Ministro; Carlos Alberto Bianco, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador.