LEY 7127

 

Declarando de utilidad pública y sujeto a expropiación inmueble ubicado en el Pueblo de Alberti, partido del mismo nombre.

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE

 

LEY

 

 

ARTÍCULO 1.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación el inmueble ubicado en la calle Alem, entre San Martín y Uriburu, del pueblo de Alberti, cabecera del partido del mismo nombre, denominado catastralmente como: circunscripción I, sección A, manzana 75, parcela 3, inscripto en el Registro de la Propiedad, Tomo 1°, folio 128, año 1938, y que tiene las siguientes medidas: 12 metros de frente sobre la calle Alem por 38 metros de fondo, lo que hace una superficie total de 456 metros cuadrados.

 

ARTÍCULO 2.- El Poder Ejecutivo procederá a hacer efectiva la expropiación dispuesta por el artículo anterior, promoviendo las acciones pertinentes contra Celia Ángela Isidra Chiesa de Bozzola o quien o quienes resultaren ser sus actuales y legítimos propietarios.

 

ARTÍCULO 3.- El Poder Ejecutivo, por intermedio del Ministerio de Obras Públicas, adoptará las medidas que estime necesarias para construir en el bien expropiado, un edificio destinado a centralizar las oficinas públicas con asiento en el pueblo de Alberti.

 

ARTÍCULO 4.- La inversión que demande la presente se imputará al Anexo XIII, Crédito para el cumplimiento de Leyes Especiales, del Presupuesto de Capital.

 

ARTÍCULO 5.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.