FUNDAMENTOS DE LA LEY 15432

HONORABLE LEGISLATURA:

Se somete a consideración de Vuestra Honorabilidad el proyecto de ley que se adjunta para su sanción, a través del cual se propicia la creación del "Servicio de Guardaparques del Sistema Provincial de Áreas Protegidas de la provincia de Buenos Aires".

El precepto constitucional de preservación del patrimonio natural y cultural, de la biodiversidad biológica y de la consecuente educación ambiental, conlleva ineludiblemente a una modernización del rol del Estado en cuanto al control y vigilancia de las áreas naturales protegidas bajo su tutela.

En esa dirección, la provincia de Buenos Aires permanece atenta a la necesidad de conservar dichas áreas protegidas, ya que cumplen distintas e importantes funciones de servicios ecosistémicos a la sociedad, tales como protección de biodiversidad y bancos genéticos de poblaciones de especies silvestres, preservación de ambientes y especies en peligro, protección de cuencas hidrográficas, reservas de bienes naturales de importancia regional o internacional, etc.

Ante la permanente exposición que estos sitios experimentan como consecuencia de las intervenciones humanas, es deber del Estado actuar con un sentido de preservación y prevención.

En este marco es que los y las guardaparques resultan actores fundamentales para garantizar la gestión, el manejo, la conservación de la biodiversidad y los procesos ecosistémicos que brindan los ambientes naturales a través de una diversidad de funciones, estando a su cargo no solo el control y la vigilancia de las áreas protegidas, sino que también se ocupan de realizar la atención a los visitantes, el trabajo con pobladores y comunidades locales, actividades de educación ambiental, apoyo a investigaciones científicas, el control y erradicación de especies exóticas invasoras y la prevención y el combate de incendios, entre otras funciones.

Siendo indiscutible el valor que aportan los y las guardaparques en su desempeño diario y ante la falta de normativa específica que regule las misiones, funciones, deberes, derechos y obligaciones del personal que lleva las tareas en el día a día, es fundamental que dichos agentes cuenten con un marco legal que regule y reconozca la actividad que desarrollan.

Por ello, es que con la sanción del proyecto de creación del "Servicio de Guardaparques del Sistema Provincial de Áreas Protegidas de la provincia de Buenos Aires" se busca no solo cumplir los objetivos que se enumeran en el párrafo precedente, sino también contemplar las necesidades personales y técnicas que derivan del normal desenvolvimiento de las tareas a las que se encuentran afectados.

Que, por lo anteriormente expuesto, resulta fundamental poder avanzar en la regulación de las tareas del Servicio de Guardaparques de la provincia de Buenos Aires, determinando sus misiones, funciones, derechos, deberes, obligaciones y jurisdicciones de desempeño, para garantizar el normal desarrollo de las actividades inherentes al manejo de los parques, reservas y monumentos naturales, permitiendo a su vez, resguardar el patrimonio natural y cultural de la provincia de Buenos Aires.

A mérito de las consideraciones vertidas, es que se solicita de ese Honorable Cuerpo la pronta sanción del proyecto adjunto.

Saludo a su Honorabilidad con mi mayor consideración.