LEY 6071
Estatuto del Magisterio. Modificación del artículo 65, en lo referente a títulos.
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTÍCULO 1.- Modifícase el inciso b) del artículo 65 del Decreto-Ley Nº 19885/57 (T.O) “Estatuto del Magisterio de la Provincia de Buenos Aires”, el que quedará redactado en la siguiente forma:
“b) El título de maestro normal cuya validez esté legalmente reconocida por convenios subscriptos con otras Provincias o por tratados de la Nación con otros países.”
ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.