LEY 6071

 

Estatuto del Magisterio. Modificación del artículo 65, en lo referente a títulos.

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTÍCULO 1.- Modifícase el inciso b) del artículo 65 del Decreto-Ley Nº 19885/57 (T.O) “Estatuto del Magisterio de la Provincia de Buenos Aires”, el que quedará redactado en la siguiente forma:

 

“b) El título de maestro normal cuya validez esté legalmente reconocida por convenios subscriptos con otras Provincias o por tratados de la Nación con otros países.”

 

ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.