DEPARTAMENTO DE
ECONOMÍA
DECRETO 832
La Plata, 27 de mayo de 2009.
VISTO el expediente N° 2300-3765/09 del Ministerio de Economía, por el que tramita un proyecto de Decreto referido a la política salarial para los agentes del Servicio Penitenciario Bonaerense, y
CONSIDERANDO:
Que el Gobierno Provincial ha determinado la política salarial a regir desde el
día 1º de marzo de 2009 inclusive, para el Personal del Servicio Penitenciario
Bonaerense;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el
artículo 22 de la Ley Nº 13929 de Presupuesto General para el Ejercicio 2009, y
el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES; DECRETA:
ARTÍCULO 1°. Establecer
los sueldos básicos para el Personal del Servicio Penitenciario Bonaerense que
pertenezca al Escalafón Cuerpo General, Escalafones Profesional y Técnico,
Administrativo y Auxiliar, y para los Aspirantes de 1º y 2º Año, en los
importes que se determinan en el Anexo A que forma parte del presente.
ARTÍCULO 2°. Establecer la Bonificación Remunerativa No Bonificable para el
Personal con Título, la Bonificación Remunerativa No Bonificable para el
Personal que no posee Título y la Bonificación Remunerativa No Bonificable para
los Aspirantes de 1° y 2° Año fijadas para el Personal del Escalafón Cuerpo
General del Servicio Penitenciario Bonaerense por el Decreto Nº 2198/05
modificado por los Decretos N° 730/06, N° 642/07, Nº 3346/07, Nº 867/08 y Nº
2196/08, en los importes determinados en el Anexo B que forma parte del
presente.
ARTÍCULO 3°. Establecer la Bonificación Remunerativa No Bonificable fijada para
el Personal de los Escalafones Profesional y Técnico, Administrativo y Auxiliar
del Servicio Penitenciario Bonaerense por el Decreto N° 2198/05 modificado por
los Decretos N° 730/06, N° 642/07, Nº 3346/07, Nº 867/08 y Nº 2196/08, en los
importes determinados en el Anexo C que forma parte del presente.
ARTÍCULO 4º. Establecer que las disposiciones del presente serán de aplicación
a partir del día 1º de marzo de 2009 inclusive.
ARTÍCULO 5°. El presente Decreto será refrendado por los Ministros Secretarios
en los Departamentos de Economía, de Justicia y de Jefatura de Gabinete de
Ministros.
ARTÍCULO 6°. Registrar, comunicar, publicar, dar al Boletín Oficial, al SINBA y
pasar a la Contaduría General de la Provincia. Cumplido, archivar.
Alejandro G.
Arlia
Daniel
Osvaldo Scioli
Ministro de Economía
Gobernador
Alberto Pérez
Ricardo
Casal
Ministro de Jefatura de
Ministro
de Justicia
Gabinete de Ministros
ANEXO A: Sueldos Básicos -artículo 1º-.
Escalafón Cuerpo General, Escalafones Profesionales y Técnicos, Administrativo y Auxiliar y Aspirantes de 1º y 2º Año.
Categoría |
Sueldo Básico |
|
- en $ - |
Inspector General |
1.475,33 |
Inspector Mayor |
1.363,64 |
Prefecto Mayor |
1.212,01 |
Prefecto y Subprefecto |
1.039,45 |
Alcaide Mayor y Alcaide |
858,18 |
Subalcaide, Adjutor y Suboficial Mayor |
806,44 |
Suboficial Principal y Sargento Ayudante |
710,59 |
Sargento Primero y Sargento |
499,25 |
Cabo Primero, Cabo y Guardia |
382,30 |
Cadete 2º Año |
310,17 |
Cadete 1º Año |
267,32 |
ANEXO B: Bonificaciones Remunerativas No Bonificables -artículo 2º-.
Escalafón Cuerpo General con Título.
Categoría |
Bonificación |
|
Remunerativa no |
|
Bonificable |
|
- en $ - |
Inspector General |
15.142,09 |
Inspector Mayor |
9.544,62 |
Prefecto Mayor |
7.845,74 |
Prefecto y Subprefecto |
5.647,81 |
Alcaide Mayor y Alcaide |
2.845,51 |
Subalcaide, Adjutor y Suboficial Mayor |
2.770,16 |
Suboficial Principal y Sargento Ayudante |
2.565,39 |
Sargento Primero y Sargento |
2.253,78 |
Cabo Primero, Cabo y Guardia |
2.091,77 |
Escalafón Cuerpo General que no posee Título.
Categoría |
Bonificación |
|
Remunerativa |
|
no Bonificable |
|
- en $ - |
Suboficial Principal y Sargento Ayudante |
2.311,51 |
Sargento Primero y Sargento |
2.085,03 |
Cabo Primero, Cabo y Guardia |
1.968,11 |
Aspirantes de 1º y 2º Año.
Categoría |
Bonificación |
|
Remunerativa |
|
no Bonificable |
|
- en $ - |
Cadete 2º Año |
680,85 |
Cadete 1º Año |
719,71 |
ANEXO C: Bonificación Remunerativa No Bonificable -artículo 3º-.
Escalafones Profesional y Técnico, Administrativo y Auxiliar.
Categoría |
Bonificación |
|
Remunerativa |
|
no Bonificable |
|
- en $ - |
Inspector General |
8.907,08 |
Inspector Mayor |
6.732,71 |
Prefecto Mayor |
5.519,19 |
Prefecto y Subprefecto |
3.945,35 |
Alcaide Mayor y Alcaide |
1.932,24 |
Subalcaide, Adjutor y Suboficial Mayor |
1.885,91 |
Suboficial Principal y Sargento Ayudante |
1.752,52 |
Sargento Primero y Sargento |
1.560,38 |
Cabo Primero, Cabo y Guardia |
1.507,82 |