DECRETO 1422-2022
LA PLATA, 12 de Octubre de 2022
VISTO el expediente EX–2020-12679940-GDEBA-DGIIOMA del Instituto de Obra Médico Asistencial, por el cual tramita la inclusión del agente José Estanislao ÁLVAREZ dentro de los términos de la Ley N° 10.592, y
CONSIDERANDO:
Que, oportunamente, José Estanislao ÁLVAREZ fue designado por Decreto N° 1688/13, en un cargo de la Planta Permanente del Instituto de Obra Médico Asistencial, a partir de la fecha de notificación, lo que acaeció el 30 de diciembre de 2013;
Que actualmente el agente revista en el Agrupamiento Profesional, Categoría 11, Bibliotecario “D”, con un régimen de treinta (30) horas semanales de labor en la Dirección de Gestión Institucional, de la referida jurisdicción;
Que obra en el citado expediente copia del Certificado de Discapacidad, emitido por el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires;
Que se han pronunciado sobre el particular el Servicio de Colocación Laboral Selectiva del Ministerio de Trabajo (SECLAS) y el Instituto de Previsión Social de la Provincia de Buenos Aires;
Que el Presidente del Instituto de Obra Médico Asistencial y el Ministro de Salud toman conocimiento de lo actuado y prestan conformidad a la gestión que se promueve;
Que, conforme a lo expuesto, corresponde incluir al interesado en los términos de la Ley N° 10.592, quedando previsionalmente comprendido en la Ley N° 10.593, a partir de la fecha de expedición del certificado que acredita la discapacidad -6 de octubre de 2014-;
Que han tomado la intervención de su competencia la Dirección Provincial de Personal, dependiente de la Subsecretaría de Gestión y Empleo Público del Ministerio de Jefatura de Gabinete de Ministros, y la Dirección Provincial de Presupuesto Público, dependiente de la Subsecretaría de Hacienda del Ministerio de Hacienda y Finanzas;
Que Asesoría General de Gobierno y Contaduría General de la Provincia han dictaminado favorablemente;
Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 144 - proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
DECRETA
ARTICULO 1°. Incluir en la Jurisdicción 1.1.4.12, Jurisdicción Auxiliar 00, Entidad 200 – INSTITUTO DE OBRA MÉDICO ASISTENCIAL, a partir del 6 de octubre de 2014, al agente José Estanislao ÁLVAREZ (DNI N° 21.765.485 - Clase 1970) en los términos de la Ley N° 10.592, quien revista en un cargo de la Planta Permanente con Estabilidad de la Ley Nº 10.430 (Texto Ordenado por Decreto N° 1869/96), en el Agrupamiento Profesional, Categoría 11, Bibliotecario “D”, con un régimen de treinta (30) horas semanales de labor en la Dirección de Gestión Institucional, quedando previsionalmente comprendido en la Ley Nº 10.593.
ARTÍCULO 2°. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios en los Departamentos de Salud y de Jefatura de Gabinete de Ministros.
ARTÍCULO 3º. Registrar, comunicar, dar al SINDMA. Cumplido, archivar.
Nicolas Kreplak, Ministro; Martín Insaurralde, Ministro; AXEL KICILLOF, Gobernador