Fundamentos de la

Ley 10420

 

Villa Gesel constituye una de esas comunidades que han nacido al amparo del tesón y la voluntad del hombre, puestos al servicio de la integración con la naturaleza.

El ejemplo más claro de lo manifestado, se evidencia en los pinares, atractivo turístico y además baluarte histórico cultural de la "villa" Carlos Gesell fue el artífice de la fijación de médanos a través de la plantación de esas variedades arbóreas, y desde un primer momento permitió al público el acceso a los pinares para el esparcimiento y de los que allí llegaban.

La desaparición de los esposos Gesell, creó espectativas acerca del destino de los pinares y la comunidad toda de la "villa" comenzó tomar parte activa en la preservación de ese complejo natural. La administración del gobierno de facto no supo dar una respuesta acorde a las demandas de la población; y es en esa instancia que el Gobierno de la democracia trae al Parlamento provincial este proyecto declarando de utilidad pública a los predios que comprende a los pinares, el anfiteatro y la casa de Don Carlos Gesell, allí asentados para preceder a la expropiación de los mismos.

Este es el reclamo de toda la población gesellina, y en este sentido se han manifestado los partidos políticos, las instituciones intermedias y el Honorable Concejo Deliberante de Villa Gesell que por resolución enviada a esta Honorable Cámara solicita que se adopte la medida contemplada en este proyecto.

Estamos convencidos que este es el camino correcto y necesario para que los pinares sigan ofrendando su frescura y placidez a los miles de turistas que anualmente visitan esa región, y es además un acto de justicia en memoria de aquel pionero que un día llegó con sus brazos solamente a ese mar de arena y pacientemente logró a través de su obra convencer a muchas personas que ese era un lugar que merecía ser vivido.