LEY 8526

 

Declarando de utilidad pública y sujeto a expropiación un lote de terreno ubicado en la localidad de San Francisco Solano, Partido de Quilmes, para la ampliación de la Escuela N° 51.

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE

 

LEY

 

ARTÍCULO 1.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación, un (1) lote de terreno con todo lo edificado y plantado sobre el mismo, ubicado en la localidad de San Francisco Solano, Partido de Quilmes, designado según Catastro como: Circunscripción III, Sección K, Manzana 48a, Parcela 10, con superficie de doscientos ochenta y siete metros cuadrados con cincuenta decímetros cuadrados (287,50 m2), inscripción de dominio al Folio 441 año 1923, a nombre de Benito Falconi, Benito Petracci e Hipólito Rosa Antonio Petracci, propiedad de los nombrados o de quien o quienes resulten ser sus legítimos propietarios con destino a la ampliación de la Escuela número 51 del citado Partido.

 

ARTÍCULO 2.- Establécese que el gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley o sea la suma total de veinticuatro mil setecientos pesos ($ 24.700), será atendida con cargo a la siguiente imputación: Presupuesto 1975, Carácter 1, Jurisdicción 07, Sección 2, Ítem 1, Unidad de Organización 1, Código 4-02-05, Sector 5, Partida Principal 10, Partida Subprincipal 2, Partida Parcial 82.

 

ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.