Fundamentos de la Ley 10529
El proyecto de ley que someto a
Vuestra Honorabilidad de reforma al Código de Procedimiento Penal de nuestra
Provincia, referido al plazo de interposición de recurso de queja para ante La iniciativa tiende a
garantizar la posibilidad de un pronunciamiento del superior tribunal
provincial ante los riesgos concretos que significa la interposición del
mismo, en aquellos departamentos judiciales o ciudades de ellos, distantes de
la ciudad capital de Si bien es cierto que se
dispone por los miembros del Ministerio Público, defensivo y tutelar de
máquinas teleprocesadoras que permiten su emisión
con la pertinente celeridad, no es menos cierto, que obstaría a su recepción
formal y legal, la ausencia de la correspondiente firma del recurrente.
Consideramos que, mientras no se acoja legislativamente este adelanto
tecnológico, la manera de asegurar el adecuado servicio de justicia, es
permitir que el plazo para interponer el recurso de queja, ante Esta prórroga del plazo, beneficiará no solamente a aquellos miembros del Poder Judicial, sino también a todos aquellos profesionales que desarrollan sus tareas en los departamentos que se verán favorecidos por esta ampliación que se propone. Por esta breve pero no menos importante práctica fundamentación, solicitamos a esta Honorable Cámara la sanción del adjunto proyecto de ley.
|