DEPARTAMENTO DE JUSTICIA

DECRETO 1.233


La Plata, 9 de junio de 2005

Visto: Que se propicia la transferencia del “Centro de Protección de los Derechos de la Víctima”, a la órbita de la Subsecretaría de Relaciones Institucionales y de Coordinación del Ministerio de Justicia, suprimiéndolo del ámbito de la Secretaría de Derechos Humanos, y

CONSIDERANDO:

Que es válido destacar que el Centro de Protección de los Derechos de la Víctima fue creado oportunamente en la órbita de la Secretaría de Derechos Humanos, por Decreto N° 332 de fecha 05 de marzo de 2004, con el objeto de prestar atención psicofísica y asesoramiento legal a las víctimas de hechos delictivos en el territorio de la Provincia, y coordinando con las reparticiones públicas provinciales, nacionales o municipales, las acciones pertinentes para el cumplimiento de su objetivo;
Que el artículo tercero (3°) del citado Decreto N° 332/04 prevé la conformación del Centro mediante una Comisión de Participación Ciudadana, integrada por un Coordinador y 9 (nueve) representantes, con carácter honorario;
Que por su parte el artículo cuarto (4°) determina que la función de la referida Comisión es la actuar como órgano asesor del “Centro de Protección de los Derechos de la Víctima”, canalizando las inquietudes y propuestas que realice la ciudadanía, teniendo especial atención en las efectuadas por las víctimas de hechos delictivos;
Que sin perjuicio de lo establecido en el Decreto reseñado precedentemente, es dable destacar que la estructura organizativa del Ministerio de Justicia aprobada por Decreto N° 2388/02, contempla a la Subsecretaría de Relaciones Institucionales y Coordinación, y en su dependencia una Dirección Provincial de Asistencia y Protección a la Víctima que cuenta respectivamente, con las Direcciones de Asistencia Legal a la Víctima y la de Protección a la Víctima;
Que es importante señalar que entre las misiones y funciones que poseen las mencionadas dependencias del Ministerio de Justicia, se encuentran incluidas aquellas tareas realizadas por el “Centro de Protección de los Derechos de la Víctima”;
Que a título ilustrativo se destaca que la Dirección Provincial de Asistencia y Protección a la Víctima, posee entre otras metas, la de asistir a las víctimas de delitos en sus necesidades de protección y de asesoramiento; y promover la creación de Centros de Asistencia a la víctima;
Que en razón de ello resulta coherente que el “Centro de Protección de los Derechos de la Víctima”; sea transferido a la órbita del Ministerio de Justicia, bajo la dependencia de la Subsecretaría de Relaciones Institucionales y Coordinación, a los fines de coordinar sus actividades con las determinadas como metas y acciones para la Dirección Provincial de Asistencia y Protección a la Víctima, en su estructura organizativa dada por Decreto N° 2388/02;
Que se han expedido en sentido favorable la Asesoría General de Gobierno, la Subsecretaría de la Gestión Pública, la Dirección Provincial de Personal y la Dirección Provincial de Presupuesto;
Que la presente medida se dicta de conformidad con las previsiones contenidas en el artículo 144 –proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires;
Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Artículo 1º.- Transfiérase “el Centro de Protección de los Derechos de la Víctima”, que fuera creado por el Decreto Nº 332/04, de la órbita de la Secretaría de Derechos Humanos a la Subsecretaría de Relaciones Institucionales y de Coordinación del Ministerio de Justicia.

Artículo 2º.- Modifícase el artículo 3º del Decreto Nº 332/04, el cual quedará redactado de la siguiente manera: “Confórmase, en el ámbito del “Centro” creado por el artículo 1º del presente, la “Comisión de Participación Ciudadana”, integrada por las personas que se designan en el ANEXO I, que forma parte integrante del presente. Facúltese al Subsecretario de Relaciones Institucionales y de Coordinación del Ministerio de Justicia a ampliar, mediante requerimiento debidamente fundado, la integración de la Comisión de Participación Ciudadana”.

Artículo 3º.- Modifícase el artículo 5º del Decreto Nº 332/04, el cual quedará redactado de la siguiente forma: “La labor de los integrantes de la Comisión tendrá carácter honorario, debiendo la Subsecretaría de Relaciones Institucionales y de Coordinación del Ministerio de Justicia proveer lo necesario para su funcionamiento”.

Artículo 4º.- Créase el cargo de Responsable del Centro de Protección de los Derechos de la Víctima, con remuneración equivalente al de Director General, el cual tendrá a su cargo el funcionamiento de dicho Centro.

Artículo 5º.- Modifícase el organigrama de la estructura organizativa de la Subsecretaría de Relaciones Institucionales y de Coordinación del Ministerio de Justicia que fuera aprobado por el Anexo 1b del Decreto nº 2388/02, conforme al Anexo 1 del presente Decreto.

Artículo 6º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios en los Departamentos de Justicia y Economía.

Artículo 7º.- Regístrese, comuníquese al Ministerio de Justicia, dése al Boletín Oficial. Cumplido, archívese.

SOLA
E. L. Di Rocco
G. A. Otero