DEPARTAMENTO DE ECONOMIA

DECRETO 58

La Plata, 29 de enero de 2003.

VISTO: Lo dispuesto por el Decreto 245/02, prorrogado por su similar 1.826/02, que declara la intervención del Instituto Provincial de Lotería y Casinos; y

CONSIDERANDO:

Que mediante el referido acto se dispuso intervenir el mencionado organismo con la finalidad de proceder a su reorganización y redimensionamiento conforme a pautas de austeridad y eficiencia impuestas al sector público.
Que a la fecha persisten los motivos que originaron el dictado del mencionado decreto y su correspondiente prórroga, atento lo cual resulta necesario, para la concreción de las acciones en curso, disponer la extensión de la medida en cuestión.
Que la Asesoría General de Gobierno ha tomado la intervención de su competencia.
Que la facultad del suscripto para el dictado del presente surge del Art. 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires.
Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DE BUENOS AIRES

DECRETA:

Art. 1º - Prorrógase por el término de ciento ochenta (180) días, a partir de su vencimiento, la intervención del Instituto Provincial de Lotería y Casinos, dispuesta por el Art. 1º Decreto 245/02, prorrogada por su similar 1.826/02.
Art. 2º - Confírmase la designación del interventor del Instituto Provincial de Lotería y Casinos, Contador Ricardo Angel Bozzani (D.N.I. 13.299.550 - Clase 1957) con las mismas facultades que el Presidente del organismo.
Art. 3º - El presente decreto será refrendado por el señor Ministro en el Departamento de Economía.

SOLA
G. A. Otero