LEY 3354

 

Pago de honorarios a Emilio N. Casares por su representación para firmar el Bono General del Empréstito otorgado por Ley 3089.

 

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS, ETC.

 

ARTÍCULO 1.- Acuérdase al Poder Ejecutivo un crédito suplementario por la suma de treinta y tres mil ciento cincuenta y siete pesos con setenta y seis centavos moneda nacional ($ 33.157,76m/n), con destino al pago de la comisión y gastos del señor Emilio N. Casares, con motivo de su designación para firmar, en Londres, en representación de la Provincia, el Bono General del Empréstito autorizado por la Ley de 27 de diciembre de 1907 (caminos adoquinados de La Plata a Avellaneda) y de los títulos a emitirse en virtud de dicho empréstito.

 

ARTÍCULO 2.- Este gasto se pagará de Rentas Generales, con imputación a la presente Ley.

 

ARTÍCULO 3.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.