DEROGADO POR DECRETO 200/11
DEPARTAMENTO DE GOBIERNO
DECRETO 3.906
La Plata, 29 de diciembre de 2006.
VISTO el expediente Nº 5300-866/06 por el cual el Honorable Tribunal de Cuentas de la Provincia de Buenos Aires propone la creación de la Unidad de Fortalecimiento Institucional, y
CONSIDERANDO:
Que es necesario optimizar el cumplimiento de las importantes tareas
encomendadas y responsabilidades asumidas por este Organismo frente a
organizaciones Provinciales, Nacionales e Internacionales;
Que a tal efecto se hace oportuno adecuar la estructura orgánico-funcional del
Honorable Tribunal de Cuentas aprobada por Decreto Nº 3948/94 y su
modificatorio Decreto Nº 257/02, incorporando la Unidad de Fortalecimiento
Institucional, a fin de que intervenga en los programas y proyectos de
desarrollo institucional coordinando acciones con las diferentes áreas del
Organismo;
Que para la mencionada Unidad se ha previsto un cargo de Responsable de la
Unidad con rango y remuneración equiparada al de los señores Subsecretarios,
conforme a los cargos vigentes que rigen para la Administración Pública
Provincial de la Ley Nº 10.430 (Texto Ordenado por Decreto Nº 1869/96)
Reglamentada por Decreto Nº 4161/96 y sus modificatorios;
Que habiendo tomado intervención y expedido favorablemente la Subsecretaría de
la Gestión Pública dependiente de la Secretaría General de la Gobernación, el
propio Ministerio de Economía y Asesoría General de Gobierno, corresponde
dictar el pertinente acto administrativo;
Que el artículo 144 -proemio- de la Constitución de la Provincia de Buenos
Aires faculta al Poder Ejecutivo como Jefe de la Administración a proveer a la
estructura organizativa de sus jurisdicciones;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, DECRETA:
ARTICULO 1º. Crear e incorporar a la estructura
orgánico-funcional del Honorable Tribunal de Cuentas aprobada por Decreto Nº
3948/94 y su modificatorio Decreto Nº 257/02, la Unidad de Fortalecimiento
Institucional, que como Anexo 1 y 2 forman parte integrante del presente.
ARTICULO 2º. Determinar para la estructura aprobada en el artículo precedente
el siguiente cargo: un (1) Responsable de la Unidad de Fortalecimiento
Institucional, con rango y remuneración equiparada al de los señores
Subsecretarios, conforme a los cargos vigentes que rigen para la Administración
Pública Provincial, Ley Nº 10.430 (Texto Ordenado por Decreto Nº 1869/96)
Reglamentada por Decreto Nº 4161/96 y sus modificatorios.
ARTICULO 3º. El Ministerio de Economía tramitará las adecuaciones
presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a lo dispuesto por el presente
Decreto, las que deberán ajustarse a las previsiones contenidas en el
Presupuesto General del Ejercicio 2006 – Ley Nº 13.403.
ARTICULO 4º. El presente decreto será refrendado por los Ministros Secretarios
en los Departamentos de Gobierno y Economía.
ARTICULO 5º. Registrar, comunicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA para su
publicación y pasar al Honorable Tribunal de Cuentas. Cumplido, archivar.
Florencio Randazzo
Felipe
Solá
Ministro de Gobierno
Gobernador
Gerardo Adrián Otero
Ministro de Economía
(ANEXO 1)
ANEXO 2
HONORABLE |
UNIDAD |
UNIDAD DE FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL
ACCIONES
1.
Diseñar, implementar y realizar el seguimiento de programas de fortalecimiento
que contribuyan a optimizar la gestión institucional de la Jurisdicción.
2. Intervenir en el análisis, diseño, desarrollo e implementación de programas
de optimización de procesos y procedimientos administrativos en el ámbito de la
Jurisdicción.
3. Ordenar metódicamente en forma conjunta con las distintas áreas del
Organismo y terceros el proceso de elaboración de análisis de las propuestas de
rediseño organizacional.
4. Evaluar, analizar y elaborar propuestas de proyectos institucionales,
orientados al desarrollo y la gestión en la prestación de servicios del
organismo en coordinación con los Organismos Multilaterales de Crédito y otros
con incumbencia en la materia.
5. Realizar diagnósticos Institucionales que permitan evaluar el desempeño
organizacional, tanto a nivel central como los Organismos Internacionales,
Nacionales y Provinciales.
6. Coordinar e informar periódicamente al Honorable Cuerpo los planes de
auditoría específicos asignados al Honorable Tribunal de Cuentas.