DEPARTAMENTO DE GOBIERNO

DECRETO 150/04

LA PLATA, 26 de enero de 2004.

VISTO: El expediente Nº 2320-2407/03, del Ministerio de Economía, por el cual la Subsecretaría de Ingresos Públicos, solicita la modificación de la Estructura Organizativa de la Dirección Provincial de Rentas; y

CONSIDERANDO:

Que los requerimientos funcionales exigidos por la Dirección Provincial de Rentas, hacen necesario modificar la Estructura Organizativa de la misma, incorporando la Dirección de Información y Coordinación de Servicios;

Que a efectos de atender la necesidad de la unidad de organización mencionada, se comprometió un (1) cargo del Agrupamiento Autoridad Superior, Relator Supervisor, perteneciente a la Planta Permanente de la Dirección Provincial de Rentas, vacante producida por Decreto 3404/00, como afectación presupuestaria;

Que habiendo tomado intervención la Subsecretaría de Finanzas a través de la Dirección Provincial de Presupuesto y la Secretaría para la Modernización del Estado a través de la Subsecretaría de la Función Pública;

Por ello,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

ARTÍCULO 1º: Modifícase, en la Jurisdicción 1.1.1.08, Jurisdicción Auxiliar 01, Ministerio de Economía, Subsecretaría de Ingresos Públicos la estructura Organizativa de la Dirección Provincial de Rentas, que fuera aprobada mediante, Decreto 641/99 y modificada por Decretos 2.388/99 y 2686/02, de acuerdo a lo dispuesto en el presente acto administrativo.

ARTÍCULO 2º: Incorpórase y apruébase, en la Jurisdicción 1.1.1.08, Jurisdicción Auxiliar 01, Ministerio de Economía, Subsecretaría de Ingresos Públicos, Dirección Provincial de Rentas, la Dirección de Información y Coordinación de Servicios, de acuerdo con el organigrama y acciones que como Anexos 1 y 2, forman parte integrante del presente Decreto.

ARTÍCULO 3º: Modifícase, en la Jurisdicción 1.1.1.08, Jurisdicción Auxiliar 01, Ministerio de Economía, la Planta Permanente de Personal de la Subsecretaría de Ingresos Públicos, acorde a lo determinado en el presente acto administrativo. Transfórmese un (1) cargo de Relator Supervisor de Planilla Anexa - Autoridad Superior de la Dirección Provincial de Rentas, en un (1) cargo de Director de Información y Coordinación de Servicios, Personal de Planilla Anexa - Autoridad Superior.

ARTÍCULO 4º: Determínase, en la Jurisdicción 1.1.1.08, Jurisdicción Auxiliar 01, Ministerio de Economía, Subsecretaría de Ingresos Públicos, el cargo de Director de Información y Coordinación de Servicios, conforme a los cargos que rigen para la Administración Pública Provincial.

ARTÍCULO 5º: Déjase establecido, en la Jurisdicción 1.1.1.08, Jurisdicción Auxiliar 01, Ministerio de Economía, que los Departamentos: Recursos Humanos; Capacitación; Recursos Materiales y de Coordinación Administrativa, dependerán jerárquica y funcionalmente de la Dirección de Información y Coordinación de Servicios. Todos ellos pertenecientes a la Dirección Provincial de Rentas, los que mantendrán sus respectivas tareas, cargos, recursos humanos, económicos y régimen horario, de igual modo y forma.

ARTÍCULO 6º: Sustitúyese, en la Jurisdicción 1.1.1.08, Jurisdicción Auxiliar 01, Ministerio de Economía, Subsecretaría de Ingresos Públicos, el Anexo 1, del Decreto 2.686/02, por el Anexo 1 aprobado en el presente acto administrativo.

ARTÍCULO 7º: La Subsecretaría de Ingresos Públicos del Ministerio de Economía, propondrá las adecuaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento al presente acto administrativo, las que deberán ajustarse a las previsiones contenidas en el Presupuesto General del Ejercicio de la Provincia de Buenos Aires.

ARTÍCULO 8º: El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios en los Departamentos de Gobierno, y de Econornía,

ARTÍCULO 9º: Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al Boletín Oficial y pase al Ministerio de Economía. Cumplido, archívese.

SOLA

R. Magnanini

G. A. Otero

ANEXO 2

ACCIONES DE LA DIRECCION

MINISTERIO DE ECONOMIASUBSECRETARIA DE INGRESOS PUBLICOSDIRECCION PROVINCIAL DE RENTAS

DIRECCION DE INFORMACION Y COORDINACION DE SERVICIOS

1. Coordinar con las áreas competentes de la Dirección General de Administración del Ministerio, la confección de todos los actos administrativo-contable necesarios para la gestión contable, económica y financiera de la Dirección Provincial de Rentas.

2. Elaborar el anteproyecto del Presupuesto de la Dirección Provincial y todas aquellas propuestas de modificaciones y reasignaciones presupuestarias necesarias para el cumplimiento de las metas de la Dirección Provincial de Rentas.

3. Intervenir en forma directa en la gestión previa y la ejecución de toda compra o venta ejerciendo los controles pertinentes, como así también en la ejecución de todos los contratos.

4. Coordinar, organizar y administrar el registro de bienes patrimoniales según las normas y reglamentaciones vigentes.

5. Ordenar y controlar las actividades que hacen a la prestación de los servicios administrativos y atención del despacho de la Dirección Provincial.

6. Coordinar con la Dirección de Personal del Ministerio, las acciones relacionadas con la administración del personal, el tratamiento y resolución de los temas laborales ejerciendo el debido control de la asistencia y demás actividades vinculadas al tema.

7. Organizar, mantener y prestar servicios administrativos y auxiliares necesarios a las áreas y dependencias de la Dirección Provincial, diligenciando las actividades propias de mesa de entradas, salidas, archivo, bibliotecas técnicas y archivos de documentación, asignación de espacios, y diligenciamiento de los actos administrativos, coordinando acciones con las áreas competentes de la Dirección General de Administración del Ministerio.

8. Asegurar el cumplimiento de las observaciones y determinaciones relacionadas con los organismos de control e intervenir en las cuestiones jurídico-administrativas.

9. Proponer la liquidación de las bonificaciones adicionales y/o viáticos del personal que preste servicio en la Dirección Provincial de Rentas.

10. Supervisar las actividades presumariales y de aplicación directa de sanciones al personal de acuerdo al Art. 87 de la Ley 10430 T.O. 1996 para su posterior elevación a la Dirección de Sumarios dependiente de la Dirección Provincial de Personal de la Provincia.

11. Comunicar e informar respecto a las actividades relacionadas con el cumplimiento de las obligaciones tributarias manteniendo las relaciones institucionales pertinentes a tal fin.