LEY 13478

Texto Actualizado con las modificaciones introducidas por Ley 14496 y 14746

EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE

LEY

ARTICULO 1.- (Texto según Ley 14746) Institúyase el día 24 de abril de cada año como “Día de Solidaridad en Conmemoración del Genocidio del Pueblo Armenio”, en recordación al primer genocidio del Siglo XX, del que fuera víctima el pueblo armenio.”

ARTICULO 2.- (Texto según Ley 14496) Autorízase a todos los empleados y funcionarios de organismos públicos de origen armenio a disponer libremente los días 24 de abril de todos los años para poder asistir y participar de las actividades que se realicen en conmemoración de la tragedia que afectó a su comunidad.

ARTICULO 3.- (Artículo Incorporado por Ley 14496) Autorízase a todos los alumnos de origen armenio que estén desarrollando sus estudios de nivel primario o medio en establecimientos educativos públicos a ausentarse en la fecha de conmemoración establecida por el artículo 1º.

ARTICULO 4.- (Artículo Incorporado por Ley 14496) Invítase a los gobiernos municipales a adherir a las disposiciones de la presente Ley.

ARTICULO 5.- Comuníquese al Poder Ejecutivo