FUNDAMENTOS DE LA LEY 9889

El cese de la suspensión de las actividades políticas y de los partidos políticos dispuestos por las autoridades nacionales, así como su expresada decisión de restituir el funcionamiento integral de las instituciones políticas de la Constitución a breve plazo, requieren la actualización de la legislación bonaerense en materia de asociaciones políticas.

La relevancia del rol de éstas en la formación y canalización de las ideas y en la participación de la ciudadanía en la decisión de los asuntos públicos, las constituye en instrumentos indispensables para la vida institucional de la Provincia.

Es por ello que las cuestiones atinentes a su organización y funcionamiento exigen una particular atención  con el objeto de proveer el marco adecuado para el cumplimiento de su cometido.

Tal es el propósito de la ley adjunta, cuya fuente principal se reconoce en su antecedente 7818 y que recoge asimismo conceptos de la Ley Nacional Número 22.627.