Fundamentos de la

Ley 13971

 

            El partido de Tigre es uno de los distritos del Conurbano que más ha crecido demográficamente en los últimos años, constituyéndose en un verdadero motor de desarrollo urbano para la región.

            Como se lleva dicho, sus pujantes ciudades y localidades materializan este crecimiento. En particular, resulta oportuno promover que la localidad de Benavídez sea declarada Ciudad, de acuerdo a los términos de la Ley 10.806.

            En tal orden de ideas, dicha declaración cumple con los requerimientos de la citada norma por cuanto:

1.       Según el censo del año 2001 Benavídez registra 32.541 habitantes.

2.       Cuenta con el siguiente equipamiento socio-administrativo:

·                              Oficina de Correos.

·                              Comisaría.

·                              Seis establecimientos de educación preescolar, diez establecimientos educativos primarios y cuatro secundarios.

·                              Dos centros de salud y cuatro postas sanitarias.

·                              Numerosas instituciones y asociaciones civiles, entre las que se destacan la Asociación de Fomento y Cultura, Club de Leones, Bomberos Voluntarios, Foro Vecinal de Seguridad, Centro de Comerciantes, Empresarios y Profesionales, Biblioteca Popular Ricardo Güiraldes y Cooperativa Telefónica de Benavídez.

·                              Delegación municipal.

3.       Los servicios y la infraestructura urbana:

·                              Sistema de desagües pluviales.

·                              Red de alumbrado público.

·                              Red de distribución domiciliaria de energía eléctrica.

·                              Servicio de recolección de residuos domiciliarios.

·                              Red vial interurbana con calzado y trazado que asegura la circulación permanente de vehículos automotores particulares, de carga y de transporte público de pasajeros.

·                              No tiene, en ningún caso, densidad poblacional neta superior a 100 habitantes por hectárea, de modo que no es exigible la red de agua corriente y cloacas.

4.       La delimitación geográfica de la ciudad cuenta con espacios verdes y libres de uso público y zonas semiurbanas.

Asimismo, la declaración de ciudad será importante para consolidar la identidad de la población, pues la ciudad ha crecido con la afluencia masiva de sectores del interior producto de la crisis de las economías regionales de la década del 90, amén de los barrios cerrados surgidos de los nuevos emprendimientos, verificándose una profunda fragmentación social y una carencia de pertenencia a Benavídez.

            Por todo lo expuesto, vengo a solicitar al honorable Cuerpo la aprobación del presente proyecto de ley.