DECRETO 1997/91
La Plata, 5 de julio de 1991.
Visto el Expediente Nº 2418-1713/90 por el que la Municipalidad de
Lanús incluye varios predios en la
Zona Sub Área Urbanizada Distrito
S1 R1 de esa localidad, y
CONSIDERANDO:
Lo establecido por el artículo 83
del Decreto-Ley 8912/77 (T.O. 1987) y lo dictaminado por Asesoría General de
Gobierno;
Por ello;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE
BUENOS AIRES
DECRETA:
ARTÍCULO 1.- Apruébase la propuesta presentada por la Municipalidad de
Lanús por la que se incluye en la
Zona Sub Área Urbanizada Distrito
S1 R1 a los predios designados catastralmente como: Circunscripción II, Sección
C, Fracción III, Parcelas 4-5-6-7 y 8, conforme a la Ordenanza Nº 6850/90
obrante a fs. 2/4 del expediente Nº
2418-1713/90 y que pasa a formar parte integrante del presente.
ARTÍCULO 2.- Déjase constancia, atento lo
dispuesto por el artículo 4º de la Ordenanza Nº 6850/90, que el presente
emprendimiento no podrá eximirse del estricto cumplimiento de las normas
establecidas en el Código de Planeamiento y Edificación de la Municipalidad de
Lanús.
ARTÍCULO 3.- El presente Decreto será refrendado por los señores
Ministros Secretarios en los Departamentos de Gobierno y de Obras y Servicios
Públicos.
ARTÍCULO 4.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al Boletín
Oficial y pase a la
Subsecretaría de Asuntos Municipales a sus efectos.
NOTA: El Anexo puede ser consultado en nuestro sitio web en su versión PDF.