DECRETO 1997/91

 

La Plata, 5 de julio de 1991.

 

Visto el  Expediente Nº 2418-1713/90 por el que la Municipalidad de Lanús incluye varios predios en la Zona Sub Área Urbanizada Distrito S1 R1 de esa localidad, y

 

CONSIDERANDO:

 

Lo establecido por el artículo 83 del Decreto-Ley 8912/77 (T.O. 1987) y lo dictaminado por Asesoría General de Gobierno;

 

Por ello;

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1.- Apruébase la propuesta presentada por la Municipalidad de Lanús por la que se incluye en la Zona Sub Área Urbanizada Distrito S1 R1 a los predios designados catastralmente como: Circunscripción II, Sección C, Fracción III, Parcelas 4-5-6-7 y 8, conforme a la Ordenanza Nº 6850/90 obrante a fs. 2/4 del  expediente Nº 2418-1713/90 y que pasa a formar parte integrante del presente.

 

ARTÍCULO 2.- Déjase constancia, atento lo dispuesto por el artículo 4º de la Ordenanza Nº 6850/90, que el presente emprendimiento no podrá eximirse del estricto cumplimiento de las normas establecidas en el Código de Planeamiento y Edificación de la Municipalidad de Lanús.

 

ARTÍCULO 3.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios en los Departamentos de Gobierno y de Obras y Servicios Públicos.

 

ARTÍCULO 4.- Regístrese, comuníquese, publíquese, dése al Boletín Oficial y pase a la Subsecretaría de Asuntos Municipales a sus efectos.

 

NOTA: El Anexo puede ser consultado en nuestro sitio web en su versión PDF.