Fundamentos
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HONORABLE LEGISLATURA: Tengo
el agrado de dirigirme a Vuestra Honorabilidad con el objeto de someter para
su tratamiento y consideración el adjunto proyecto de ley, por el cual se
establece un régimen especial para los municipios que actúen como agentes de
recaudación de los impuestos provinciales y la descentralización de gastos de
asistencia social atendidos actualmente desde El Capítulo I del presente proyecto de ley instituye un régimen
especial para los Municipios que actúen como agentes de recaudación de
impuestos provinciales, por el cual se dispone que, una vez presentadas por
los municipios las declaraciones juradas correspondientes, se procederá a
retener los montos informados como retenidos o percibidos, de los recursos de
coparticipación de impuestos Ley 10.559 y modificatorias y/o de cualquier
otro recurso a transferir desde El objetivo que se persigue con el régimen de retención que se instituye es el de impedir el incumplimiento por parte de los municipios, evitando así la comisión de infracciones que deriven en la aplicación de sanciones por parte de la correspondiente autoridad de aplicación. Asimismo se establece que los recursos retenidos por los conceptos
antes indicados sean asignados al Fondo de Financiamiento de Comedores
Infantiles que se crea, el que se distribuirá entre los municipios de Por su parte,
el Capítulo II "Descentralización de Gastos y Recursos" se
desarrolla en el marco de la política de descentralización administrativa y
tributaria que desde hace tiempo se viene impulsando y que con la sanción de Se establece la transferencia a las municipalidades de la prestación de los servicios de asistencia social que se individualicen en la reglamentación, pretendiendo con ello una mayor eficiencia en la prestación de esos servicios, fundado en la inmediatez existente entre los actores que intervienen. A fin de dotar a los municipios de los recursos necesarios para atender las necesidades que se ven cubiertas por lo que genéricamente se define como Asistencia Social, cuyo incremento tanto en diversidad como en cantidad no ha pasado desapercibido a la hora de fijar la magnitud de esos recursos, se crea el "Fondo de Financiamiento de Gastos Descentralizados", el cual estará integrado por asignaciones que se realizan sobre recursos de distinta índole. Una de las
asignaciones resulta de la distribución de la recaudación de Impuesto
Inmobiliario rural, para lo cual se incorpora una modificación al artículo 1
de Por otra
parte se efectúan asignaciones derivadas de los fondos de coparticipación de
impuestos de En lo que
respecta puntualmente a la asignación de recursos obtenidos de los juegos de
azar, se propone la modificación del artículo 7 de Por lo expuesto se solicita a ese Honorable Cuerpo que acompañe la presente propuesta legislativa con su voto favorable. Dios guarde a Vuestra Honorabilidad. |