Fundamentos de la Ley 13219

 

 

 

El presente proyecto de ley procura crear un segundo tribunal de Familia en el Departamento Judicial Mar del Plata.

Oportunamente la Ley 11.453 creó entre otros, un (1) tribunal colegiado de instancia única para el Fuero de Familia en el citado departamento judicial.

El órgano jurisdiccional comenzó a funcionar el día 2 de mayo de 2002, derivándose desde esa fecha, la totalidad de las nuevas causas de su competencia, hasta entonces distribuidas entre los trece juzgados civiles existentes.

A diez meses de la puesta en funcionamiento de dicho tribunal se han promovido 4.249 causas, ascendiendo a 464 el promedio mensual de las mismas, con una proyección anual de 5.177 causas.

Dicha proyección anual, se considera diez veces mayor a la media ideal y más del doble que el promedio del Departamento Judicial La Plata (3.000 causas más por año), que cuenta a la fecha con dos tribunales de Familia en funcionamiento.

Se destaca asimismo que el mencionado Tribunal se encuentra en turno permanente, no sólo durante las ferias judiciales de invierno y verano, sino también durante horas y días inhábiles, atento la problemática de salud mental y violencia familiar, que exige una atención que no admite demoras.

La gran demanda de la población y el alto índice de litigiosidad -propio del Departamento Judicial Mar del Plata en lo que hace a la justicia civil, donde se presentan los índices más altos de toda la Provincia, aun considerando los departamentos del conurbano-, motiva impulsar la instalación de un segundo tribunal colegiado de instancia única para el Fuero de Familia en dicha departamental, coadyuvando así a descomprimir la situación descripta.

Por los motivos expuestos solicito a los señores legisladores, acompañen el presente proyecto con su voto afirmativo.