LEY 13221
EL SENADO Y CÁMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES, SANCIONAN CON FUERZA DE
LEY
ARTICULO 1°: Declárase ciudadano ilustre post mortem de la Provincia de Buenos Aires, territorio donde nació, al Teniente General Juan Domingo Perón, quien fuera por tres períodos elegido democráticamente como Presidente del país, y honrara en su trayectoria política los principios de justicia social, independencia económica y soberanía política.
ARTICULO 2°: Comuníquese al Poder Ejecutivo.