DECRETO-LEY 1098/55

 

LA PLATA, 4 de NOVIEMBRE de 1955.

 

VISTO el expediente número 2.305-1.051/955, de la Dirección de Finanzas y atento los términos de la Ley Nacional número 2737, sobre acogimiento de las Provincias a la subvención para el fomento de la instrucción primaria, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que la Provincia de Buenos Aires reúne las condiciones estable­cidas en el texto de esa Ley para acogerse a los beneficios previstos.

 

Que en el cálculo de recursos del Ejercicio 1955 se contempla dicha subvención en el Rubro 1, en Efectivo 1) de Rentas Genera­les b) Participación en Impuestos Nacionales 4, Subvención Nacio­nal Ley número 2737, en la suma de pesos 1.700.000 moneda nacio­nal, afectada conjuntamente con otros recursos especiales o de Ren­tas Generales al desarrollo del Presupuesto del Ministerio de Edu­cación.

 

Que, por otra parte, el Presupuesto General de la Nación para el Ejercicio 1955 prevé en el Anexo XVIII, Aportes y Contribuciones del Estado, Ítem 4, Ministerio de Educación, Partida Principal 1, Partida Parcial 4, Fomento de la Educación Primaria en las Provin­cias, Ley 2737, a distribuir por el Poder Ejecutivo.

 

Por ello, y atento a lo informado por la Contaduría de la Provincia,

 

EL INTERVENTOR NACIONAL EN LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1.- Declárase acogida a la Provincia de Buenos Aires a los beneficios de la Ley número 2737 por el año 1955, de conformidad con lo previsto en la Ley de Presupuesto de la Nación, Anexo XVIII, Aportes y Contribuciones del Estado, Ítem 4, Ministerio de Educación, Partida Principal 1, Partida Parcial 4, Fomento de la educación primaria en las Provincias, Ley 2737, a distribuir por el Poder Ejecutivo, en la suma de un millón setecientos mil pesos moneda na­cional ($ 1.700.000m/n).

 

ARTÍCULO 2.- Comuníquese, publíquese, dése al Registro y “Boletín Ofi­cial” y pase a la Contaduría de la Provincia, para su conocimiento y efectos.