Fundamentos de la

Ley 11473

 

 

            Con motivo de la privatización de SOMISA el gobierno nacional transfirió a la provincia de Buenos Aires el llamado Parque Industrial COMIRSA.

            Los terrenos cedidos son cuatrocientos cuarenta hectáreas y sobre ellas hay mucha tarea de promoción industrial en la zona.

            Al analizar el destino y posible manejo de esas tierras visualizó la posibilidad de iniciar una tarea de promoción y creación de trabajo tomando como base el Parque Industrial y un inteligente manejo del mismo, para lo cual propongo en el presente proyecto de ley aspectos formales y de manejo para cumplir esas finalidades.

            Los parques industriales constituyen un instrumento reconocidamente idóneo para la promoción del desarrollo de la Pequeña y Mediana industria.

            La creación y manejo del Parque Industrial, que se propone, enfoque amplio que tenga en cuenta el desarrollo social y económico del conjunto de la región circundante al parque.

            Concibo al Parque Industrial siguiendo las “pautas” establecidas por la ONUDI (ORGANIZACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL DESARROLLO INDUSTRIAL) definiendo al Parque Industrial como un terreno urbanizado y subdividido en parcelas, conforme a un plan general, dotado de carreteras, medios de transportes y servicios públicos, con servicios e instalaciones comunes destinados al uso industrial.

            En este caso tenemos:

 

1)      Calles abiertas para una gran parte de la superficie pero no en su totalidad.

2)      Energía eléctrica existente pero habrá que asegurar líneas y provisión para el sector dedicado al “Semillero” de industrias que debe existir en el Parque Industrial.

3)       Las comunicaciones son suficientes y existen en el sector una central que facilitaría en extremo el servicio.

4)      Los desagües industriales están asegurados por una red construida por fabricaciones militares que sería de 16 km. de extensión. Sólo falta construir una extensión de 10.000 metros.

5)      El cerco perimetral no se halla construido pero la forestación existente es buena y ofrece una protección mínima suficiente a las industrias a instalarse.

6)      Existe una red de gas natural con una capacidad de 1.200.000 metros cúbicos/día. Hoy es utilizada en buena parte por una industria existente en el lugar (GREFAR).

7)      El agua corriente es abastecida por la planta abastecedora de SOMISA que asegura provisión necesaria.

 

            Como se puede analizar las obras de infraestructura existentes son importantes y las a realizarse pueden irse integrando al mismo tiempo que se inicien las tareas de promoción y venta del Parque Industrial.

            Superado lo anterior es fundamental normar los lineamientos básicos de funcionamiento, promoción, venta y administración a donde que la inversión realizada y la ha realizarse den los frutos buscados por las mismas.

            Se propone una estructura sumamente ágil y de fácil adaptabilidad a las cambiantes situaciones que se irán presentando a lo largo del tiempo en la puesta en marcha de esta herramienta de promoción. Se pretende en el corto plazo concretar:

 

            1) Instalación de industrias en un ámbito ampliamente apropiado.

            2) Ofrecer tierras con dotación de infraestructura a valores promocionales que aseguren baja inversión u efectiva reducción del impacto ambiental de un complejo industrial.

            3) Generar un polo de desarrollo partiendo de la máxima eficiencia, menores gastos y menor inversión a partir de la oferta de una superoboe dotada y sin interferencias de zonas residenciales.

            4) Reducción de los circuitos de insumo productivo al promoverse la instalación de plantas recíprocamente abastecidas y proveedoras.

            5) Desarrollar internamente mercados para productos auxiliares y subproductos.

            6) Abrir mercados para fabricantes de equipos y productos intermedios así como servicios de apoyos.

            7) Inducir economías de escala viña la complementación de las plantas radicadas en el parque.

            8) Tender a reducir con el tiempo las necesidades de capital de trabajo y los costos fijos, mediante la facilitación de la compra en común.

            9) Promover el establecimiento de empresas especializadas en una amplia variedad de servicios, a los que se agrega la expansión y diversificación de lo existente en la zona.

            10) Establecer reservas de tierras para posibilitar la expansión de las industrias que se instalan.

 

            Para todo ello se propone la creación de un ente que actuará con el carácter de entidad autárquica, con capacidad de persona jurídica del Derecho Privado.

            También se prevé en el directorio del ente la integración del mismo con representantes de las municipalidades de Ramallo y San Nicolás.

            En el proyecto de ley se da por cumplido las obras básicas obligatorias exigidas en el Decreto-Ley 10.119 y por ello las industrias que se instalen en el Parque Industrial podrán gozar de la desgravación de hasta 8 años del impuesto provincial a los ingresos brutos. Asimismo se solicita a los municipios de Ramallo y San Nicolás que en atención a los fines perseguidos por esta ley también se desgrave de tasas y derechos municipales a las industrias a instalarse.

            Es de destacar que en la zona reservada para microemprendimientos que en diseño original prevé una disponibilidad de 140 fracciones se contempla en el proyecto beneficios especiales para ex dependientes de SOMISA.

            Los municipios de Ramallo y San Nicolás han trabajado activamente en la redacción de la ley que se fundamenta.