Provincia de Buenos Aires
INSTITUTO PROVINCIAL DE LOTERÍA Y CASINOS
Resolución Nº 28/17
La Plata, 27 de enero de 2017.
VISTO el expediente 2319-45627/2004 caratulado "Sugiere Variante Poceada de la Quiniela denominada “QUINIELA PLUS”, por el cual se aprueba y se pone en funcionamiento dicha variante de Quiniela Plus, y
CONSIDERANDO:
Que la variante Quiniela Plus 9 solo ha arrojado un ganador desde el mes de junio de 2014, fecha en que comenzó a comercializarse;
Que este motivo genera un bajo interés en el público apostador;
Que se realizarán variaciones en las estructuras de las variantes, motivando la modificación del pertinente Reglamento de Quiniela Múltiple;
Que resulta procedente fijar los porcentajes de dicho cambio de las variantes que se afectará a atender los gastos que correspondieren;
Que se hace necesario desde el punto de vista comercial contar con un monto para pauta publicitaria del relanzamiento del juego y con la garantía de un pozo asegurado;
Que respecto los antecedentes citados, ha tomado intervención la Dirección Provincial de Juegos y Explotación;
Que en igual sentido ha tomado intervención la Dirección Jurídico Legal;
Que corresponde a la Secretaría Ejecutiva rubricar el presente acto administrativo;
Que el presente acto se dicta en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 4º de la Carta Orgánica del Instituto Provincial de Lotería y Casinos, aprobada por artículo 2º del Decreto 1.170/92, sus modificatorios y Decretos Nº 2.093/12 y Nº 67/17;
Por ello,
EL PRESIDENTE DEL INSTITUTO PROVINCIAL DE LOTERÍA Y CASINOS,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Dar de baja la comercialización en el territorio de la Provincia de Buenos Aires de la variante del juego de Quiniela Múltiple denominado "Quiniela Plus 9”, por los considerando que anteceden.
ARTÍCULO 2º. Aprobar la variante del juego de Quiniela Múltiple que se comercializará bajo la denominación " Quiniela Chance Plus". Los resultados de este juego se obtendrán, conservando la misma matriz que la Quiniela Plus y esquema de divisiones y aciertos. Se tomarán como números sorteados las dos cifras centrales -centena y decena- de los veinte lugares que conforman el extracto del juego de Quiniela Múltiple Nocturna de la Provincia de Buenos Aires.
ARTÍCULO 3º. Aprobar la modificación del artículo 7º del Reglamento de Juego de Quiniela Múltiple, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 7º: Se podrán efectuar apuestas para la Quiniela Plus, Súper Plus y Chance Plus según el siguiente detalle:
En el juego Quiniela Plus se tomarán como números sorteados las dos últimas cifras -decena y unidad- de los veinte lugares que conforman el extracto de Quiniela Múltiple Nocturna.
La primera división de premiación, ocho aciertos en forma de pozo, se distribuirá de forma equitativa entre todos los ganadores de esta división.
Los premios de las divisiones segunda, tercera y cuarta son fijos.
En el juego Quiniela Súper Plus se tomarán como números sorteados las dos primeras cifras -unidad de mil y centena- de los veinte lugares que conforman el extracto de Quiniela Múltiple Nocturna.
Se premia a aquel apostador que haya obtenido mayor cantidad de aciertos.
En el juego Quiniela Chance Plus se participa con los mismos ocho (8) números que participan en la Quiniela Plus y Quiniela Súper Plus.
Se tomarán como números sorteados las dos cifras centrales -centena y decena- de los veinte lugares que conforman el extracto de Quiniela Múltiple Nocturna.
La primera división de premiación, ocho aciertos en forma de pozo, se distribuirá de forma equitativa entre todos los ganadores de esta división.
Los premios de las divisiones segunda, tercera y cuarta son fijos.
Existirá un pozo mínimo garantizado para esta variante.
En caso de no haber ganador/es con el primer premio el mismo se declarará vacante/s, pasando automáticamente sin intereses ni actualizaciones de ninguna especie a integrar el pozo del premio de que se trate en el siguiente sorteo.
ARTÍCULO 4º. La apuesta tendrá un valor de $10 y la asignación del precio de la misma a los fines de los cálculos de los premios será la siguiente:
- $ 6 de la apuesta se aplicará al cálculo de premios para Quiniela Plus
- $ 1.5 de la apuesta se aplicará al cálculo de premios para Quiniela Súper Plus
- $ 2.5 de la apuesta se aplicará al cálculo de premios para Quiniela Chance Plus.
En el juego denominado Quiniela Plus el 60% del valor de la apuesta se destinará al pago de premios.
Los premios de las divisiones segunda, tercera y cuarta pasarán a ser fijos.
Permaneciendo únicamente la primera división de premiación, 8 aciertos en formato de Pozo, a distribuir en forma equitativa entre todos los ganadores de esta división.
En la 2da. División – 7 aciertos, cada ganador percibirá un premio fijo de Pesos veinte mil ($ 20.000).
En la 3ra. División – 6 aciertos, cada ganador percibirá un premio fijo de Pesos quinientos ($ 500).
En la 4ta. División – 5 aciertos, cada ganador percibirá un premio fijo de Pesos cincuenta ($ 50).
La distribución del 60% será como se detalla a continuación:
· 57% al Premio Principal – Pozo (8 aciertos)
· 18,51% a la segunda división de Premiación – 7 aciertos
· 9.14% a la tercera división de Premiación – 6 aciertos
· 9.51% a la cuarta división de Premiación – 5 aciertos
· 5.84% al Fondo de Reserva para premios.
En el juego denominado Quiniela Súper Plus el 60% del valor de la apuesta se destinará a la premiación. Pudiendo el Instituto destinar un porcentaje de este total a un Fondo de Reserva para premios, si lo considera apropiado.
En el juego denominado Quiniela Chance Plus el 60% del valor de la apuesta se destinará al pago de premios.
Los premios de las divisiones segunda, tercera y cuarta serán fijos.
Únicamente la primera división de premiación, 8 aciertos, será en formato de Pozo, a distribuir en forma equitativa entre todos los ganadores de esta división.
En la 2da. División – 7 aciertos, cada ganador percibirá un premio fijo de Pesos siete mil ($ 7.000).
En la 3ra. División – 6 aciertos, cada ganador percibirá un premio fijo de Pesos trescientos ($ 300).
En la 4ta. División – 5 aciertos, cada ganador percibirá un premio fijo de Pesos cincuenta ($50).
La distribución del 60% será como se detalla a continuación:
· 46% al Premio Principal – Pozo (8 aciertos)
· 15.55% a la segunda división de Premiación – 7 aciertos
· 13.16% a la tercera división de Premiación – 6 aciertos
· 22.82% a la cuarta división de Premiación – 5 aciertos
· 2.47% al Fondo de Reserva para premios.
Del pozo del primer premio se descontará el 1% para distribuir entre el/los agentes oficiales vendedores del primer premio.
ARTÍCULO 5º. Establecer que el pozo para el pago del primer premio de Quiniela Chance Plus, se constituye por hasta el 46% del valor de la apuesta que se destinará al pago de premios, deduciendo hasta el 5% para conformar el fondo acumulado destinado al pozo mínimo asegurado, pudiendo el Instituto aportar los fondos necesarios para asegurar el monto mínimo de Pesos Ochocientos Mil ($ 800.000), en los casos eventuales en los que dichos porcentajes no alcancen a la suma mencionada. Quedando el saldo restante para acumular al Pozo Ordinario.
ARTÍCULO 6º. Establecer que los recursos brutos producidos por la variante del juego de Quiniela Múltiple denominada "Quiniela Plus Chance Plus" se distribuirán de la siguiente forma: el 60% para el pago de premios; el 20% para comisión de Agentes Oficiales; el 8 % para el Fondo Provincial de Educación y el 12% para el FO.PRO.JUE.
ARTÍCULO 7º. Establecer que el monto que conforma el pozo acumulado de Quiniela Plus 9 será integrado al Fondo de Reserva de Futuros Premios.
El total de este monto se distribuirá de la siguiente forma:
- Se realizarán cuatro Sorteos Extraordinarios de la “Quiniela Chance Plus” por un monto de pesos diez millones ($ 10.000.000) cada uno adicionándose al pozo existente para dicho sorteo.
ARTÍCULO 8º. Fijar los días 4 de marzo, 1º de abril, 6 de mayo y 3 de junio de 2017 para la realización de los sorteos mencionados en el artículo 7º.
ARTÍCULO 9º. Registrar, comunicar a la Escribanía General de Gobierno y a quien corresponda, publicar, dar al Boletín Oficial y al SINBA. Cumplido, archivar.
Matías Lanusse
Presidente
C.C. 2.111