Provincia de Buenos Aires
MINISTERIO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD
Resolución Nº 3319
La Plata, 16 de agosto de 2011.
VISTO que por expediente Nº 21.100942.630/10 se tramita ofrecimiento público de recompensa, solicitado por la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio Nº 1 Descentralizada de Saladillo del Departamento Judicial La Plata, a quien brinde información tendiente a lograr la detención de CARLOS DANIEL QUIROGA, cuya captura fuera ordenada por suponérselo coautor del homicidio de Julio ACUÑA (IPP Nº 06-01-001054- 09), y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto Nº 2052/98 y sus modificatorios, el Poder Ejecutivo ha establecido un sistema de recompensas para las personas que aporten datos, informes, testimonios, documentación y todo otro elemento o referencia fehaciente a fin de contribuir
al esclarecimiento de hechos de homicidios dolosos u homicidios en ocasión de otro delito doloso o a la individualización de sus autores, cómplices, encubridores o instigadores prófugos de la justicia, como así también para hechos delictivos que por su gravedad y/o complejidad así lo justifiquen;
Que el Ministerio de Justicia y Seguridad es el órgano de aplicación, encontrándose facultado para seleccionar los casos judiciales respecto de los cuales se ofrecerá recompensa;
Que por intermedio de la Dirección de Búsqueda e Identificación de Personas Desaparecidas, dependiente de la Subsecretaría de Justicia, se han recabado los antecedentes del caso;
Que, según da cuenta la Unidad Funcional que interviene en la investigación, el hecho tuvo lugar en la madrugada del día 19 de mayo de 2009, en circunstancias en que al menos dos sujetos se hicieron presentes en el aserradero sito en calle Lincoln y Constitución de la localidad y partido de Lobos, y atacaron a golpes a su morador Julio ACUÑA, ocasionándole lesiones graves que lo dejaron en estado comatoso, luego de lo cual ataron a la víctima de pies y manos con precintos y la dejaron abandonada a la intemperie pese a las bajas temperaturas imperantes, para finalmente darse a la fuga;
Que del curso de la investigación surgió que los imputados, Esteban OVEJERO detenido- y Carlos Daniel QUIROGA aún prófugo-, desde hacía tiempo y por viejas disputas venían amenazando a la víctima con golpearla, acción que concretaron según los sucesos detallados en el anterior considerando;
Que a consecuencia de las lesiones padecidas, el día 27 de mayo de 2009 se produjo el deceso de ACUÑA;
Que en relación al imputado OVEJERO, los autos siguen su curso por ante el Tribunal Criminal Oral Nº 5, mientras que por el prófugo QUIROGA se dispuso su captura nacional e internacional por parte del Juzgado de Garantías Nº 3, siendo ambos órganos jurisdiccionales pertenecientes al Departamento Judicial La Plata;
Que, pese a las medidas investigativas desplegadas, no se han obtenido resultados suficientes para dar con el paradero y detener al evadido, razón por la cual la Fiscalía General de Cámaras del Departamento Judicial La Plata estimó procedente el pedido de la Agente Fiscal;
Que el Subsecretario de Justicia considera viable el ofrecimiento de recompensa propuesto;
Que, en su mérito, deviene menester ofrecer pública recompensa a quienes aporten información que permita dar con el paradero y capturar a CARLOS DANIEL QUIROGA, por suponérselo coautor del homicidio de Julio ACUÑA, fijándose un monto entre la suma de pesos veinte mil ($20.000) y pesos setenta mil ($70.000), de acuerdo a la naturaleza de la información que se brinde y el resultado que se logre en su aprehensión;
Que la Dirección General de Administración, por intermedio de la Dirección de Presupuesto, ha fijado la correspondiente imputación presupuestaria (fs.17);
Que con el fin de garantizar la reserva de identidad de las personas que aporten la información aludida y facilitar su presentación, aquellas podrán hacerlo ante los Fiscales Generales de Cámara de los distintos Departamentos Judiciales de la Provincia, quienes se encuentran facultados para adoptar tal medida, la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio Nº 1 Descentralizada de Saladillo del Departamento Judicial La Plata, o ante la Subsecretaría de Justicia del Ministerio de Justicia y Seguridad;
Que por último, y para lograr la debida difusión de la oferta pública de recompensa, se arbitrará lo necesario a efectos de que sea transmitida por los medios de comunicación masivos nacionales y locales del lugar donde se produjo el hecho para conocimiento de la población, a cuyo fin se remitirá copia de la presente y su Anexo a la Subsecretaría de Medios de la Gobernación;
Que se ha dado cumplimiento a lo previsto en la Resolución Ministerial Nº 2390/07;
Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley Nº 13.757 y sus modificatorias, y el Decreto Nº 2052/98 y sus modificatorios;
Por ello,
EL MINISTRO DE JUSTICIA Y SEGURIDAD DE LA PROVINCIA DE
BUENOS AIRES,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°. OFRECER PÚBLICA RECOMPENSA, entre la suma de pesos veinte mil ($20.000) y pesos setenta mil ($70.000), para quienes aporten información fehaciente que contribuya a lograr la detención del prófugo CARLOS DANIEL QUIROGA, cuyos datos de filiación y hecho reprochado obran en el Anexo de la presente.
ARTÍCULO 2°. El monto de la recompensa será distribuido sólo entre quienes se presenten a suministrar la información en los términos del Decreto Nº 2052/98 y sus modificatorios, la Resolución Ministerial Nº 2390/07, lo establecido en la presente y conforme al mérito de la información aportada.
ARTÍCULO 3°. Las personas que deseen aportar la información mencionada en los artículos precedentes, podrán hacerlo con reserva de identidad, presentándose ante los Fiscales Generales de Cámara de los distintos Departamentos Judiciales de la Provincia, la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio Nº 1 Descentralizada de Saladillo del Departamento Judicial La Plata, o ante la Subsecretaría de Justicia del Ministerio de Justicia y Seguridad, debiendo asegurar la confidencialidad de la información y la reserva de la identidad de las personas.
ARTÍCULO 4°. Remitir copia de la presente con su Anexo a la Subsecretaría de Medios de la Gobernación, para que arbitre las medidas necesarias a efectos de posibilitar su difusión masiva nacional y local del lugar donde se produjo el hecho (Lobos, partido homónimo).
ARTÍCULO 5°. Registrar. Publicar en el Boletín Informativo y Boletín Oficial. Comunicar a la Procuración General de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, a la Fiscalía General de Cámaras y a la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio Nº 1 Descentralizada de Saladillo, ambas del Departamento Judicial La Plata. Comunicar a la Dirección General de Administración y a la Unidad de Comunicación Institucional. Cumplimente con ello la Subsecretaría de Coordinación Legal, Técnica y Administrativa, dejando debida constancia en este expediente. Cumplido, pase a la Subsecretaría de Justicia y, posteriormente, archivar.
Ricardo Casal
Ministro de Justicia y Seguridad
El Ministerio de Justicia y Seguridad de la Provincia de Buenos Aires ofrece pública recompensa entre la suma de PESOS VEINTE MIL ($20.000) y PESOS SETENTA MIL ($70.000), de conformidad a lo previsto por el Decreto Nº 2052/98 y sus modificatorios, a las personas que aporten información fehaciente que contribuya a lograr la detención de CARLOS DANIEL QUIROGA, DNI 26.217.703, de aproximadamente 35 años de edad, morocho, delgado, estatura mediana, con último domicilio conocido en calle Perito Moreno Nº 1370 de la ciudad de Lobos, cuya captura nacional e internacional fuera ordenada por suponérselo coautor del homicidio de Julio ACUÑA.
El hecho delictivo tuvo lugar en la madrugada del día 19 de mayo de 2009, en circunstancias en que Esteban OVEJERO detenido- y Carlos Daniel QUIROGA se hicieron presentes en el aserradero sito en calle Lincoln y Constitución de la localidad y partido de Lobos, y atacaron a golpes a su morador Julio ACUÑA, ocasionándole lesiones graves que lo dejaron en estado comatoso, luego de lo cual ataron a la víctima de pies y manos con precintos y la dejaron abandonada a la intemperie pese a las bajas temperaturas
imperantes, para finalmente darse a la fuga. A consecuencia de las lesiones padecidas, el día 27 de mayo de 2009 se produjo el deceso de ACUÑA.
Interviene la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio Nº 1 Descentralizada de Saladillo del Departamento Judicial La Plata (IPP Nº 06-01-001054-09).
Las personas que quieran aportar la información requerida deberán presentarse ante los Fiscales Generales de Cámara de los distintos Departamentos Judiciales de la Provincia, la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio Nº 1 Descentralizada de Saladillo del Departamento Judicial La Plata (sita en calle Álvarez de Toledo Nº 2903, Saladillo, teléfono 02344-455250), o ante la Subsecretaría de Justicia del Ministerio de Justicia y Seguridad (sita en calle 2 entre 51 y 53, La Plata, teléfonos 0221-429-3015 y 429-3211), debiendo asegurar la confidencialidad de la información y la reserva de la identidad de las personas.
El monto de la recompensa será distribuido sólo entre quienes se presenten a suministrar la información ante las autoridades señaladas, haciendo conocer que se encuentran motivados por el presente ofrecimiento, en los términos del Decreto Nº 2052/98 y sus modificatorios, de la Resolución Ministerial Nº 2390/07, lo establecido en la presente y conforme al mérito de la información aportada.
SE ASEGURA ESTRICTA RESERVA DE IDENTIDAD
C.C. 9.772