Fundamentos de la Ley 12957

 

 

 

            El presente proyecto de ley tiene por objeto declarar la utilidad pública y sujeción a expropiación, de dos parcelas en la ciudad de Saladillo, declaradas en idéntico sentido por el Concejo Deliberante del partido de Saladillo, cuyo destino será la instalación de dependencias públicas locales, como así también nacionales y provinciales con asiento en la ciudad.

            Por medio de la Ordenanza 28/00, el citado Concejo Deliberante sancionó la misma a instancias del Departamento Ejecutivo, que fue el encargado de elevar el proyecto de ordenanza. En su “Visto”, se pone de resalto las necesidades que tiene la administración pública local para el funcionamiento de sus distintas oficinas públicas. Respecto de las falencias en su estructura edilicia, manifiesta que “las condiciones del actual edificio son deficientes ya que el público que asiste a realizar trámites ingresa a veces a un verdadero laberinto de oficinas, lo cual no es lo más apropiado para la atención que merecen los ciudadanos que asisten a realizar distintos trámites”.

            Como prueba de esas dificultades, las autoridades municipales hacen referencias al palacio municipal, el que fuera construido hace casi un siglo para satisfacer las necesidades de otra época, manifestando que actualmente alberga gran parte de las secretarías, a la Tesorería, la Contaduría, Compras, diversas direcciones, el despacho del intendente y el Honorable Concejo Deliberante. Mientras que en el otro edificio público existente, denominado Casa de la Cultura (ex edificio del Banco de la Provincia de Buenos Aires), funcionan el resto de las secretarías y direcciones, como así también los distintos talleres de actividades culturales organizados por la Dirección de Deporte y Cultura. Ambos edificios se encuentran desbordados en su capacidad, por lo que la administración comunal requiere de nuevos espacios.

            Por tal motivo, la comuna está propiciando la expropiación de un inmueble, en el que otrora funcionara el Molino Harinero SICSA (hoy cerrado y en proceso de quiebra según información pública), que por su ubicación privilegiada (tres cuadras de la plaza principal), sus dimensiones y la posibilidad de realizarle modificaciones y ampliaciones, sería el lugar propicio para concentrar las actividades públicas municipales. Pero no solo ello, sino que también por su amplitud, podría alojar a las dependencias de la justicia, los organismos descentralizados de la Nación y de la Provincia.

            Tan ideal es el edificio en cuestión para un fin público, que los informes brindados por los distintos organismos municipales de Planeamiento, Catastro e Industria y Medio Ambiente, lo han recomendado enfáticamente. Para ello, han tenido en cuenta las posibilidades de construcción y reciclaje del edificio existente, y la amplitud de espacio para estacionamiento, no solo de los empleados públicos sino también de los usuarios que necesiten acercarse a las distintas dependencias para realizar sus trámites.

            Pero lamentablemente las finanzas municipales no se encuentran en condiciones de afrontar un gasto de la magnitud que requiere la compra de un inmueble como el señalado. Por tal motivo es que desde este ámbito, en consonancia con lo manifestado a través de la mencionada ordenanza por el propio municipio, propiciamos la presente expropiación, con la finalidad apuntada. De esa manera, el pequeño esfuerzo que realice la Provincia (que se verá beneficiada al poderlo utilizar para sus propias dependencias), será un gran adelanto para aquella ciudad y su gente.

            Por las razones expuestas, solicitamos a los señores legisladores que nos acompañen con su voto favorable para con la presente iniciativa.

 

 

 

NOTA: El diputado Ferro, como presidente de la Comisión de Producción de esta Cámara, dirige una nota al presidente de la Comisión de Tierras y Organización Territorial, diputado Juan Carlos Caló, por  la cual fundamenta el cambio de destino de esta expropiación cuyo tenor se transcribe a continuación:

 

La Plata, 4 de julio de 2002.-

 

Señor presidente

De la Comisión de Tierras y Organización Territorial

Dip. Juan Carlos CALÓ

S/D                                                                                         

 

De mi mayor consideración:

                                                Tengo el agrado de dirigirme a Ud. y por su intermedio al resto de los miembros de la Comisión que preside, a fin de solicitarle tanga a bien modificar el destino de la expropiación que tramita por el expte. D-196/02-03, por las razones que a continuación expondré.

                                                En efecto, a fines de noviembre del año 2000 presenté el proyecto de ley (D-3781/00-01) de expropiación de inmuebles en el partido de Saladillo, en cuyas instalaciones funcionara el Molino Harinero SICSA SACIFYA, los que se encontraban ubicado en la zona céntrica de la ciudad cabecera.

                                                Dicha expropiación tenía como destino la instalación de dependencias públicas municipales, provinciales y nacionales con asiento en la ciudad y tenía como antecedente la Ordenanza Nro. 28/00 del H. Concejo Deliberante local.

                                                Ahora bien, en el transcurso del tiempo transcurrido desde que se presentó el proyecto originario hasta la fecha, se han producido distintos hechos que ameritan una reconsideración del destino apuntado precedentemente.

                                                Esos hechos tienen que ver con la formación –por parte de los ex empleados de la citada empresa- de una cooperativa de trabajo, con la firme intención de reabrir el molino harinero y poner en marcha una industria de vital importancia, no solo para la comunidad de Saladillo, sino para toda la zona.

                                                Esta iniciativa tuvo su origen en el mes de marzo del corriente año, cuando en el recinto del Honorable Concejo Deliberante de Saladillo, se reunieron los ex trabajadores de la mencionada empresa, en asamblea, constituyendo la Cooperativa de Trabajo Molinera de Saladillo Limitada, aprobando el estatuto social de la misma y, en acto seguido, eligiendo los miembros del consejo de administración.

                                                Luego, se iniciaron las gestiones pertinentes a fin de realizar la inscripción por ante el Instituto Provincial de Acción Cooperativa (IPAC), la que tramita por el expediente Nro. 2770-11119/02.

                                                Entendemos que esta nueva circunstancia, amerita un cambio en el destino de los bienes a expropiar, toda vez que permitirá en estos tiempos de crisis económica y desempleo, poner en funcionamiento una nueva industria, que tanta falta le hacen al país y, desde luego, a las comunidades del interior de nuestra Provincia.

                                                Conviene tener presente, que en estos tiempos, el sector harinero atraviesa un momento propicio, a raíz del aumento de precios de esos productos y, por otra parte, la cooperativa se encuentra realizando intensas gestiones para posicionarse en el mercado. Es así que sus autoridades han entablado contactos (e inclusive ha firmado pre-contratos) con importantes empresas del sector alimenticio, a fin de poder hacer viable el emprendimiento que apoyamos.

                                                En definitiva, la posibilidad de generar una nueva fuente de empleo, con la implicancia que representa para los trabajadores directos (sería más de 40 personas las que trabajarían en el molino) e indirectos (todos los sectores vinculados a dicha industria como productores agropecuarios, transportistas, venta de combustibles, etc., etc., etc.,), el movimiento económico para la región, el impacto en la recaudación de impuestos y tasas para el Estado y, fundamentalmente, el devolverle a una comunidad una industria en marcha, resultan razones más que suficientes para que vuestra comisión, acepte nuestra nueva propuesta, y convierta en ley dicha iniciativa.

                                                Finalmente, acompañamos como sugerencia una modificación al proyecto, a los fines de contemplar el cambio de destino de la expropiación y la incorporación de otros bienes pertenecientes al molino harinero en cuestión.

                                                Sin otro particular, hago propicia la oportunidad para saludarlo a Ud. y a los miembros de esa comisión, con atenta consideración y respeto.