Fundamentos de la

Ley 11411

 

            Propiciamos por este proyecto de ley, la reunificación, para radicación trámite, y sentencia de las causas penales, que a partir de la denominación de causas “graves” y “correccionales” ha dividido los juzgados de nuestra Provincia en Criminales y Correccionales.

            La experiencia de los últimos cinco años nos demuestra que el actual sistema, lejos de proveer una solución a la enmarañada administración de justicia ha acentuado su lentitud e irritado principios de igualdad. Además a los llamados juzgados Criminales, a través del juicio oral obligatorio para juzgar hechos que imputados como dolosos, hayan causado la muerte de una persona, se le ha reducido notablemente la cantidad de causas graves. Es cosa probada que la complejidad del estudio de un expediente no deviene del monto de la pena, lo que hace muy vulnerable al sistema de la legislación vigente. Por otra parte los Juzgados Correccionales están abarrotados de tarea, por su insuficiente número.

            El proyecto respeta la radicación actual de las causas y adopta un sistema sencillo para la reestructuración numérica. Por caso en el Departamento Judicial de La Plata los Juzgados 1 a 10 Criminales lo serán en lo Criminal y Correccional 1 a 10 según numeració n actual. El 11 corresponderá al actual Juzgado Correccional 1 y así sucesivamente hasta llegar al total de 16. El mismo sistema en los demás departamentos judiciales.

            Creemos que por encima de supuestos preciosismos técnicos, debemos darnos cuenta de que hay que arbitrar soluciones o paliativos, y no mantener tercamente lo que no funciona adecuadamente, al margen de aprovechar al máximo los recursos humanos y económicos existentes. Pensamos que esta modificación será saludable para la justicia misma, terminando con diferenciaciones estériles e irritantes, y también para el justiciable que advertirá el aprovechamiento pleno de la capacidad jurisdiccional.