Fundamentos de la

Ley 11522

 

HONORABLE LEGISLATURA:

                                                           Se somete a consideración de Vuestra Honorabilidad el adjunto proyecto de ley, tendiente a la aprobación de los Convenios de Adhesión y Ejecución celebrados ente el gobierno nacional y la provincia de Buenos Aires, relacionados con la obtención de fondos provenientes de la Nación y del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento (B.I.R.F.), -sin obligación de reintegro por parte de la Provincia- y destinados a implementar el “Programa Materno Infantil y Nutrición”.

                                                           Por la aludida iniciativa, además, se crea el Fondo Materno Infantil y Nutrición, que constituirá una Cuenta Especial en jurisdicción del Ministerio de Salud y Acción Social.

                                                           El programa que se instaura, apunta a optimizar el uso de los recursos volcados al gasto social; poniendo énfasis en mejorar sustancialmente la calidad de vida de los grupos más vulnerables, es decir, las mujeres en edad fértil y los niños pertenecientes a aquéllas áreas donde un alto porcentaje de la población sea considerada pobre estructural, de acuerdo a la definición utilizada en la Encuesta Permanente de Hogares (INDEC).

                                                           En este sentido, cabe destacar que el Programa abarcará los siguientes aspectos: a) Salud: atendiendo al mejoramiento de los Centros de Salud y hospitales, se acrecentarán las acciones de promoción, prevención y curación; b) Desarrollo Infantil: para el perfeccionamiento de los comedores infantiles y jardines de infantes, serán objeto de especial cuidado las necesidades de nutrición y evolución psicosocial; Y c) Nutrición: el que a través de integrar los componentes anteriores, ha de lograr la recuperación nutricional y la complementación para las embarazadas y niños menores.

                                                           Finalmente es de destacar que con los Convenios, cuya aprobación se requiere por el presente, se han creado las condiciones que permiten, superando la etapa de la simple enunciación, contribuir al progreso efectivo      de sus destinatarios últimos, esto es, la sociedad infantil desprotegida.

                                                           Dios guarde a Vuestra Honorabilidad.